Saltar la navegación

Navegación

Portal de la Junta de Andalucía
Buscador general

Presentación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2005

La Intervención General de la Junta de Andalucía formula la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2005, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 51 de la Orden de 7 de junio de 1995, por la que se regula la Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía.

Los estados que componen esta Cuenta General son los previstos en los artículos 95 y 96 de la citada Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma y en el artículo 52 de la Orden de 7 de junio de 1995, así como en la Disposición Adicional Segunda de la Orden de 31 de enero de 1997, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía y de sus Organismos Autónomos de carácter administrativo, incluyéndose, así mismo, la Cuenta General de la Deuda Pública y el Endeudamiento y la Cuenta del Inmovilizado, previstas en el artículo 50 de la citada Orden de 7 de junio de1995.

LA JEFA DE SERVICIO
Fdo.: Antonia Álvarez Ruiz

LA INTERVENTORA ADJUNTA AL INTERVENTOR GENERAL
Fdo.: Isabel Tobaruela González

EL INTERVENTOR GENERAL
Fdo.: Manuel Gómez Martínez

1. ESTRUCTURA

La Intervención General de la Junta de Andalucía formula la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2005, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 51 de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 7 de junio de 1995, por la que se regula la Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía.

La Cuenta General, conforme a los artículos 94 a 97 de la Ley 5/1983, agrupa el conjunto de las operaciones presupuestarias, patrimoniales y de tesorería realizadas por la Junta de Andalucía, sus organismos, instituciones y empresas durante el ejercicio.

Los estados que componen la Cuenta son los previstos en los artículos 95 y 96 de la Ley General de la Hacienda Pública y en el artículo 52 de la mencionada Orden de 7 de junio de 1995, así como en la Disposición Adicional de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 31 de enero de 1997, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía y de sus Organismos Autónomos de carácter administrativo.

A la Cuenta General se incorporan, así mismo, de acuerdo con el artículo 50 de la Orden de Contabilidad, la Cuenta del Inmovilizado, rendida por el titular de la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Economía y Hacienda.

Dichos estados se presentan en formato digital. No obstante, tanto los resultados como las magnitudes globales se presentan igualmente en el tradicional formato papel, contenidos en las diferentes memorias o anexos que se integran en esta Cuenta General, y que más adelante se enumeran.

ESTADOS DE LA CUENTA GENERAL

1. Relativos a la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos

En sus respectivas Memorias se resaltan las variables más significativas de la Cuenta General, referidas a la totalidad de las operaciones de ingresos y gastos efectuadas, durante el ejercicio 2005, dentro de su ámbito de actuación.

En concreto, presentan la siguiente estructura:

  • Resultados del ejercicio, en términos presupuestarios, de acuerdo con el artículo 95, parte Sexta, de la Ley 5/1983 y concretados en los Estados del Resultado Presupuestario, de la Tesorería, del Remanente de Tesorería y de la Variación de Activos y Pasivos.
  • Estado de las Modificaciones de Crédito, distinguiendo por tipos de modificaciones, y su incidencia sobre los estados de ingresos y gastos del Presupuesto, a nivel de capítulos y de programas.
  • Liquidación y ejecución del Presupuesto de Ingresos, incluyendo el estado de los derechos pendientes de cobro.
  • Liquidación y ejecución del Presupuesto de Gastos, incluyendo el estado de las obligaciones pendientes de pago y de los compromisos de gastos adquiridos con cargo a presupuestos de ejercicios futuros, así como de los libramientos pendientes de justificar.
  • Resumen de la ejecución del Presupuesto de Gastos con financiación afectada, de acuerdo con el apartado I.7. de la Cuarta Parte “Cuentas Anuales” del Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus Organismos Autónomos de carácter administrativo.
  • Resultados del ejercicio, en términos financieros, de acuerdo con el apartado I.2. del Plan mencionado anteriomente. A estos efectos, se incluyen en la misma el Balance de Situación, la Cuenta de Resultado EconómicoPatrimonial y la Memoria que completa y comenta la información contenida en los estados anteriores ya sean financieros o presupuestarios. A las cuentas anuales se añade el Cuadro de Financiación, que recoge los recursos obtenidos en el ejercicio y sus diferentes orígenes, así como la aplicación o empleo de los mismos en inmovilizado o circulante, como indica también el apartado I.7.

Además de los estados propios de la Junta de Andalucía o de los Organismos Autónomos, el Resultado Presupuestario se presenta consolidado, y el Remanente de Tesorería se ofrece acumulado y, como novedad en el formato papel de la Cuenta General, también consolidado, ambos corregidos por los derechos pendientes de cobro de dudoso cobro, de acuerdo con la recomendación de la Cámara de Cuentas de Andalucía y los Principios Contables Públicos.

La Cuenta General de la Deuda Pública y el Endeudamiento y la Cuenta de los Avales, completan la Memoria de la Junta de Andalucía, sin que exista equivalente para los Organismos Autónomos en este caso.

En 2005, la Junta de Andalucía se configura en veintitres secciones presupuestarias, de las cuales catorce son Consejerías. El orden de prelación es el establecido en el artículo 1.2 del Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril.

En relación con los Organismos Autónomos, se rinden las cuentas de los doce existentes actualmente:

  • Instituto de Estadística de Andalucía.
  • Instituto Andaluz de Administración Pública.
  • Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica.
  • Instituto Andaluz de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.
  • Servicio Andaluz de Empleo.
  • Instituto de Reforma Agraria.
  • Servicio Andaluz de Salud.
  • Instituto Andaluz de la Mujer.
  • Instituto Andaluz de la Juventud.
  • Patronato de la Alhambra y Generalife.
  • Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.
  • Agencia Andaluza del Agua.

Durante este ejercicio se han creado dos nuevos Organismos Autónomos: el Instituto Andaluz de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria y la Agencia Andaluza del Agua.

El primero de ellos es fruto de los artículos 78 a 90 del Título V de la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades. Se adscribe, por tanto, a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. Pretende potenciar los procesos de evaluación, certificación y acreditación necesarios, como instrumentos democráticos de gestión del servicio público de la enseñanza superior, con el objetivo de garantizar la calidad de todos los ámbitos de actuación del Sistema Universitario Andaluz: la enseñanza, la investigación, la prestación de servicios y la gestión, teniendo siempre en cuenta su adecuación a las demandas sociales y al desarrollo del espacio europeo de enseñanza superior.

La Agencia Andaluza del Agua, por su parte, se crea con el artículo 48 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, configurándose como la Administración Hidráulica de la Junta de Andalucía, tras el traspaso de competencias respecto a la Cuenca Hidrográfica del Sur acordado por la Comisión Mixta de Transferencias EstadoComunidad Autónoma de Andalucía. Se adscribe a la Consejería de Medio Ambiente.

2. Memoria de cumplimiento de objetivos programados

Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 96.b) de la Ley 5/1983, se incluye como anexo de la Memorias de la Junta de Andalucía y de sus Organismos Autónomos, una memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados, integrada por una breve introducción, una serie de fichas donde se contienen los objetivos previstos en el momento de la aprobación del Presupuesto y los alcanzados, atendiendo a los indicadores previstos para cada programa, así como unos estados contables donde se refleja el grado de ejecución presupuestaria de cada programa. Se completa con una breve descripción individual de cada uno de los programas, donde se expone la finalidad última o propósitos del mismo, la normativa básica de regulación y se comentan las actividades, objetivos e indicadores que lo componen, además de los bienes o servicios sociales producidos y las circunstancias que han podido incidir en su desarrollo y grado de ejecución. Tanto las fichas como la memoria se presentan en formato digital, con objeto de no sobredimensionar la edición impresa, si bien en ésta, se incorpora una síntesis de la ejecución por programa, función y grupo a nivel de capítulo de gastos.

3. Cuentas de los Consorcios

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, los Consorcios, debido a que llevan el mismo sistema de contabilidad que rige para las Corporaciones Locales, tienen la obligación, a la terminación del ejercicio presupuestario, de formar la Cuenta General del Consorcio, donde se pone de manifiesto la gestión realizada por el mismo en los aspectos económico, financiero, patrimonial y presupuestario.

No obstante, tienen un tratamiento contable simplificado, por lo que se establecen unos modelos simplificados de cuentas que han de reflejar, en todo caso, la situación financiera y la ejecución y liquidación de sus presupuestos.
La liquidación de sus presupuestos y sus cuentas son elaboradas por sus correspondientes intervenciones y aprobadas por sus Presidentes y Consejos de Administración respectivamente, siguiendo los procedimientos y plazos establecidos en la normativa vigente para las Administraciones Locales, y han de rendir su Cuenta General ante la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Como novedad en la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía 2005, se incluye información de los consorcios recogidos en el artículo 4 de la Ley 2/2004, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2005:

  • Consorcio Sanitario Público del Aljarafe.
  • Consorcio de Transportes Metropolitano de la Bahía de Cádiz.
  • Consorcio de Transportes del Área de Granada.
  • Consorcio de Transportes del Área de Málaga.
  • Consorcio de Transportes del Área de Sevilla.

Estos últimos, son el referente del impulso de las actuaciones de ordenación y desarrollo territorial, en un marco de sostenibilidad ambiental, que pretende un desarrollo paralelo de la cohesión territorial y social, en el que las áreas metropolitanas, que adquieren una importancia creciente, plantean un conjunto de necesidades específicas que es preciso atender.

En general se presentan los siguientes estados, a excepción del Consorcio Sanitario Público del Aljarafe para que sólo se ofrecen los dos últimos:

  • Resultados del Ejercicio: Resultado Presupuestario, Resultado Presupuestario Ajustado y Remanente de Tesorería.
  • Liquidación del Presupuesto de Ingresos.
  • Liquidación del Presupuesto de Gastos.
  • Balance de Situación.
  • Cuenta de Pérdidas y Ganancias.

Además de esta información, en soporte magnético se aportan las correspondientes Memorias.

4. Cuentas de las Fundaciones

La Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece, respecto a las fundaciones del sector público, que en materia de presupuestos, contabilidad y auditoría de cuentas, se regirán por lo dispuesto en la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y deberán remitir sus cuentas anuales, una vez aprobadas, a la Intervención General.

Éstas se podrán formular en los modelos abreviados cuando cumplan los requisitos establecidos para las sociedades mercantiles. Una vez examinadas por el Protectorado, se depositarán en el Registro de Fundaciones de Andalucía, adscrito a la Consejería competente en materia de fundaciones, según el artículo 49 de la citada Ley.
Según la Disposición Adicional Sexta de la misma Ley, serán aplicables a las fundaciones reguladas en ella, las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin ánimo de lucro (Real Decreto 776/1998, de 30 de abril) y las normas de elaboración del plan de actuación de dichas entidades.

La Exposición de Motivos de la Ley 10/2005 recuerda que el artículo 17.10 de la Ley 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía, establece que corresponde a la Administración Autonómica el ejercicio del protectorado sobre las fundaciones de carácter social en el ámbito de competencia de dicha Ley.

Igualmente reconoce la vital importancia de las fundaciones en el campo de la acción social, como medio fundamental de coparticipación de los ciudadanos en el sector público, mediante actividades de interés general.

Las dos fundaciones, cuyas cuentas anuales se incluyen en la Cuenta General (Fundación Andaluza de Servicios Sociales y Fundación Andaluza para la Integración Social del Enfermo Mental) son fiel reflejo, de lo anteriormente expuesto.

Los estados que se presentan en el formato impreso son el Balance de Situación y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. La Memoria se incorpora en el formato digital.

5. Cuentas de las Empresas Públicas

Finalmente se incluyen, de acuerdo con el artículo 97 de la Ley 5/83 y conforme prevé el artículo 52.2 de la Orden de 7 de junio de 1995, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias y el Balance de Situación correspondientes a cada una de las empresas de la Junta de Andalucía, bien se trate de entidades de derecho público o de entidades con forma jurídica mercantil, en las que la Junta de Andalucía posea participación mayoritaria, directa o indirecta, que hayan remitido esta información con anterioridad al término del plazo previsto en el número 2 del citado artículo 97. Así mismo, en el caso de empresas que integren un grupo, y en la medida en que hayan aportado en plazo esta información, además de los estados individuales, se incluyen las cuentas anuales consolidadas del grupo.

A continuación se relacionan las empresas públicas integradas en la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía 2005:

Entidades de Derecho Público a que se refiere el Art. 6.1.b) de la LGHP
  • AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA (AIDA)
  • EMPRESA PÚBLICA DE LA RADIO Y TELEVISIÓN DE ANDALUCÍA (RTVA)
  • EMPRESA PÚBLICA DE LA RADIO Y TELEVISIÓN DE ANDALUCÍA (RTVA) (CONSOLIDADA)
  • EMPRESA PÚBLICA DE PUERTOS DE ANDALUCÍA (EPPA)
  • EMPRESA PÚBLICA DE PUERTOS DE ANDALUCÍA (EPPA) (CONSOLIDADA)
  • EMPRESA PÚBLICA DE SUELO DE ANDALUCÍA (EPSA)
  • EMPRESA PÚBLICA DE GESTIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES
  • EMPRESA PÚBLICA HOSPITAL COSTA DEL SOL
  • EMPRESA PÚBLICA DE EMERGENCIAS SANITARIAS (EPES)
  • EMPRESA PÚBLICA HOSPITAL PONIENTE DE ALMERÍA
  • EMPRESA PÚBLICA HOSPITAL ALTO GUADALQUIVIR
  • ENTE PÚBLICO DE GESTIÓN DE FERROCARRILES ANDALUCES
  • AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA
  • ENTE PÚBLICO ANDALUZ DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS EDUCATIVOS

 

Empresas con forma jurídica mercantil de las previstas en el Art. 6.1.a) de la LGHP
PARTICIPACIÓN PÚBLICA MAYORITARIA DIRECTA
  • ESCUELA ANDALUZA DE SALUD PÚBLICA, S.A. (EASP)
  • EMPRESA PÚBLICA DEPORTE ANDALUZ, S.A. (EPDASA)
  • GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE ANDALUCÍA, S.A. (GIASA)
  • EMPRESA DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL, S.A. (EGMASA)
  • CENTRO DE TRANSPORTES DE MERCANCIAS DE SEVILLA, S.A.
  • EXTENDA, AGENCIA ANDALUZA DE PROMOCIÓN EXTERIOR, S.A.
  • TURISMO ANDALUZ, S.A. (TURASA)
  • TURISMO ANDALUZ, S.A. (TURASA) (CONSOLIDADA)
  • EMPRESA ANDALUZA DE GESTIÓN DE INSTALACIONES Y TURISMO JUVENIL, S.A. (INTURJOVEN)
  • EMPRESA PÚBLICA PARA EL DESARROLLO AGRARIO Y PESQUERO DE ANDALUCÍA, S.A. (D.A.P)
  • CARTUJA 93, S.A.
PARTICIPACIÓN PÚBLICA MAYORITARIA INDIRECTA
  • PARQUE TECNOLÓGICO DE ANDALUCÍA, S.A.
  • CANAL SUR TELEVISIÓN, S.A.
  • CANAL SUR RADIO, S.A.
  • SOCIEDAD ANDALUZA PARA EL DESARROLLO DE LAS TELECOMUNICACIONES, S.A. (SANDETEL)
  • VERIFICACIONES INDUSTRIALES DE ANDALUCÍA, S.A. (VEIASA)
  • CETURSA SIERRA NEVADA, S.A.
  • CETURSA SIERRA NEVADA, S.A. (CONSOLIDADA)
  • SIERRA NEVADA CLUB AGENCIA DE VIAJES, S.A.
  • PROMONEVADA, S.A.
  • APARTAHOTEL TREVENQUE, S.A.
  • FOMENTO, ASISTENCIA Y GESTIÓN INTEGRAL DE ANDALUCÍA, S.L.
  • CENTRO DE TECNOLOGÍA DE LAS COMUNICACIONES, S.A. (CETECOM)
  • SOCIEDAD PARA LA PROMOCIÓN Y RECONVERSIÓN ECONÓMICA DE ANDALUCÍA, S.A. (SOPREA)
  • SANTANA MOTOR, S.A.
  • SANTANA MOTOR, S.A. (CONSOLIDADA)
  • SANTANA MOTOR ANDALUCÍA, S.L.U.
  • LINARES FIBRAS INDUSTRIALES, S.A. (LIFISA)
  • SOCIEDAD ANDALUZA PARA EL DESARROLLO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN, S.A.U. (SADESI)
  • CENTRO DE INNOVACIÓN Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA DE ANDALUCÍA, S.A.U.
  • CENTRO DE TURISMO INTERIOR DE ANDALUCÍA, S.A. (CENTIA)
  • INFRAESTRUCTURAS TURÍSTICAS ANDALUCÍA, S.A. (INTASA)
  • INCUBADORAS DE EMPRENDEDORES DE ANDALUCÍA, S.L.
  • PARQUE TECNOLÓGICO Y AERONÁTUTICO DE ANDALUCÍA, S.L. (AERÓPOLIS)
  • PARQUE LOGÍSTICO DE CÓRDOBA, S.A. (PALCOSA)

Las Memorias de las cuentas anuales de las entidades mencionadas anteriormente, se incluyen en formato digital.

2. EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Y LOS SISTEMAS CONTABLES

El estudio actual de la contabilidad pública se encuadra dentro del área de conocimientos de la Teoría General de la Contabilidad y, desde este punto de vista, es sustancialmente igual que la contabilidad privada. En este sentido, la contabilidad pública se concibe hoy como “un sistema de elaboración y comunicación de información”.

En definitiva se trata de que con un solo tratamiento de los datos, la contabilidad pueda dar satisfacción a múltiples y diversos fines, y ello sólo se puede alcanzar concibiéndola como un sistema de información que, para ser operativo, debe estar soportado informáticamente.

Es necesario resaltar que el uso de la informática en la contabilidad ha sido determinante en orden a la consecución de los fines de la contabilidad pública.

Desde el punto de vista normativo, el Plan General de Contabilidad Pública (P.G.C.P.) fue aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 6 de mayo de 1994 con el carácter de plan contable marco para todas las Administraciones Públicas. Adopta, como modelo de referencia, el Plan General de Contabilidad para las empresas, aprobado por Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, e incorpora los criterios de la Comisión de Principios y Normas Contables Públicas, creada por Resolución de la Secretaría de Estado de Hacienda de 28 de diciembre de 1990.


El Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos de carácter administrativo, se aprueba por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 31 de enero de 1997, posibilitando la articulación con la contabilidad del sector público. Así mismo, permite la coordinación con todos los subsistemas contables, tanto presupuestarios como extrapresupuestarios, que forman el Sistema Integrado de Gestión Presupuestaria, Contable y Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía.

La Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en sus artículos 88 y 89, atribuye a la Consejería de Economía y Hacienda la competencia para la organización de la contabilidad pública y la aprobación del Plan General de Contabilidad de la Junta, sus organismos, instituciones y empresas.

El artículo 88 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, señala que “compete a la Consejería de Hacienda la organización de la contabilidad pública al servicio de los siguientes fines: a) Registrar la ejecución del Presupuesto de la Comunidad Autónoma; b) Conocer el movimiento y la situación de su Tesorería; c) Registrar las variaciones, composición y situación del patrimonio de la Junta, sus organismos, instituciones y empresas; d) Proporcionar los datos necesarios para la formación y rendición de la Cuenta General, así como de las demás cuentas, estados y documentos que deban elaborarse o remitirse al Parlamento de Andalucía, al Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas; e) Facilitar los datos y demás antecedentes necesarios para la confección de las cuentas económicas del sector público de Andalucía; f) Rendir la información económica y financiera para la toma de decisiones a nivel de Gobierno o de Administración; y g) Cualquier otro que le fijen las disposiciones vigentes”.

En la elaboración de los estados anuales comprendidos en el Plan General de Contabilidad Pública, se resaltan los aspectos que a continuación se indican:

  • Los principios contables aplicados son los que se deducen de la Primera Parte del Plan General de Contabilidad Pública. Respecto a su aplicación, en el ejercicio 2005 no se ha producido ninguna variación significativa con respecto al ejercicio anterior.
  • Así mismo, las normas de valoración empleadas en la elaboración de las cuentas anuales para el ejercicio 2005, son las que se mencionan en la Quinta Parte del Plan General de Contabilidad Pública, que se remite a las normas de valoración recogidas en el Plan General de Contabilidad Pública aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 6 de mayo de 1994.
  • En cuanto a la estructura del Balance y la Cuenta del Resultado EconómicoPatrimonial presentan en este ejercicio algunas novedades.
  • En primer término, se ha mantenido la desagregación del concepto “Otros impuestos” en dos partidas, realizada en el ejercicio 2004: por un lado, “Impuesto/Renta de Personas Físicas”, que recoge los ingresos correspondientes a la cesión del rendimiento por el Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con carácter parcial y el límite del 33% y, por otro, “Otros impuestos”, que recoge los rendimientos derivados de la cesión por el Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía de una participación en el Impuesto sobre el Valor Añadido, con carácter parcial y el límite del 35% y, en los Impuestos Especiales, con carácter parcial y el límite del 40%. Esta variación se llevó a cabo en el marco de lo previsto en las normas 6.c) y d) de la Cuarta Parte del Plan General de Contabilidad Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía y de sus Organismos Autónomos de carácter administrativo.
  • Este año, se ha realizado por primera vez, un análisis comparativo de la dotación de provisiones por insolvencias, ya que, al igual que en el ejercicio anterior, con el propósito de que los estados contables respondan cada vez más al principio de imagen fiel, y atendiendo a las sugerencias de la Cámara de Cuentas, se ha procedido a la imputación de dicha dotación mediante el sistema de estimación global del riesgo de fallidos por concepto tributario (afectando a los tres primeros capítulos del Presupuesto de Ingresos de la Junta de Andalucía).
    .Así mismo, por primera vez, se han aplicado las provisiones por insolvencias por los créditos declarados incobrables en el ejercicio 2005, modificándose la dotación por insolvencias efectuada en el ejercicio 2004, sin incluir los intereses en el cálculo de la estimación.
  • Finalmente debe ponerse de manifiesto las diferencias en la comparabilidad de los estados derivadas de la distinta composición a nivel de clasificación orgánica.

    En primer lugar, en el Balance y Cuenta del Resultado EconómicoPatrimonial de la Junta de Andalucía para el año 2005 se ha mantenido la integración de los activos y pasivos del extinto Instituto Andaluz de Servicios Sociales para hacer posible su comparación con el ejercicio 2004. Y, en segundo lugar, en el ejercicio 2005, se han creado dos nuevos Organismos Autónomos de carácter administrativo, la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria y la Agencia Andaluza del Agua, a los cuales se ceden una serie de derechos y obligaciones que, consecuentemente, desaparecen del Balance de la Junta de Andalucía.

En cuanto a la situación de la contabilidad de los pasivos financieros y de la contabilidad patrimonial en los estados del ejercicio 2005, cabe resaltar dos aspectos:

  • En primer lugar, y por lo que respecta a la contabilidad de los pasivos financieros, el Plan General de Contabilidad Pública refleja, de forma fiel, la situación de los mismos. Las operaciones contables que deben realizarse con este objeto se contemplan en la Instrucción 4/2000, dictada por la Intervención General de la Junta de Andalucía con fecha 12 de mayo, Instrucción que se viene aplicando a partir de la elaboración de los estados contables correspondientes al ejercicio 1999. En concreto, esta Instrucción contempla dos procedimientos complementarios para reflejar la situación real de los pasivos financieros:
    • El primero consiste en la contabilización automática, a través del Subsistema del Plan enlazado con la contabilidad presupuestaria, de los ingresos y gastos generados por emisiones o nuevas suscripciones, por intereses y amortización de deudas, así como por otros gastos de emisión o cancelación de endeudamiento.
    • El segundo consiste en la realización, al final de cada ejercicio, de aquellos asientos que son necesarios para actualizar las valoraciones del endeudamiento vivo, así como para la reclasificación de los intereses y la deuda según su plazo (corto o largo) de vencimiento. Estos asientos deben realizarse manualmente ya que esta información no se desprende de la contabilidad presupuestaria, sino que se elabora por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública.
  • En segundo lugar, y por lo que respecta a la situación de la contabilidad patrimonial, se puede decir que una parte importante de su desarrollo ya se recoge en los estados contables correspondientes al Plan General de Contabilidad Pública, aún cuando el Subsistema de Gestión de Inventario no se encuentra totalmente implantado. Esto es posible gracias a los asientos que se generan de forma automática en la medida en que se contabilizan los documentos de ejecución presupuestaria, y que inciden en las cuentas del Grupo 2 a través de las tablas de correlación entre las aplicaciones presupuestarias y las cuentas del Plan General de Contabilidad Pública.

Siguiendo la misma línea que en ejercicios anteriores, y dada la importancia que, como se ha indicado, tienen los sistemas informáticos en la captación de la información contable para la posterior formación y rendición de los estados, debe hacerse mención a la positiva evolución y desarrollo que han experimentado durante el ejercicio 2005 los distintos subsistemas que integran el sistema contable de la Junta de Andalucía.

El esfuerzo realizado durante la última década en orden a modernizar la técnica e infraestructura contable está permitiendo a la Administración General de la Junta de Andalucía, año tras año, satisfacer la demanda, cada vez más exigente, de información económica financiera pública, proceda ésta de los ciudadanos en general, de las entidades financieras, de contratistas y suministradores de bienes y servicios, o, dentro de la Administración, de las autoridades y responsables de la política económica, así como de los órganos de control externo, interno, órganos de representación política y órganos supranacionales.

 

El portal de la Junta en: