Otras Entidades. Introducción
Introducción
El artículo 107 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el TRLGHP, encomienda a la Intervención General de la Junta de Andalucía la formación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma con las cuentas de cada una de las agencias, instituciones, sociedades mercantiles del sector público andaluz y consorcios y fundaciones referidos en el artículo 5.1 de dicho Decreto, así como los demás documentos que deban rendirse al Parlamento de Andalucía, Tribunal de Cuentas y Cámara de Cuentas de Andalucía.
El apartado 3 de dicho artículo añade que “a efectos de lo dispuesto en los dos apartados anteriores, las entidades cuyas cuentas deban integrarse en la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía deberán presentar, a la Intervención General de la Junta de Andalucía, sus cuentas, debidamente aprobadas por el respectivo órgano competente, antes del 1 de agosto del año siguiente a aquel al que se refieran, en la forma que establezca el citado centro directivo”.
Agencias Públicas Empresariales, Entidades de Derecho Público y Sociedades Mercantiles del Sector Público Andaluz
En este apartado se reflejan, en primer lugar, las cuentas de las agencias públicas empresariales y de las entidades de derecho público a que se refería el artículo 6.1.b) de la actualmente derogada Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según lo definido por la Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía. La citada Ley dispone en su disposición transitoria única que en el plazo máximo de tres años a partir de su entrada en vigor las mencionadas entidades de derecho público deberán adecuarse al régimen de las agencias públicas empresariales o al de las agencias de régimen especial en determinadas circunstancias. Si bien en la actualidad se ha producido tal adecuación, no existiendo por tanto entidades de derecho público, aparecen como tales las que a 31 de diciembre de 2010 tenían dicha consideración.
A continuación se recogen las cuentas de las denominadas sociedades mercantiles del sector público andaluz según la Ley 9/2007, distinguiendo entre aquéllas en que la Junta de Andalucía ostenta una participación mayoritaria directa y en las que ostenta una participación mayoritaria de forma indirecta.
Las cuentas incluidas son copia fiel de las aprobadas por los órganos competentes para ello y en el modelo establecido en la tercera parte del Plan General de Contabilidad.
Junto a estos estados, se incluye la Memoria, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos de Efectivo y el Informe de Auditoría de todas aquéllas que están sometidas al mismo.
Las cuentas se hayan cerradas a 31 de diciembre de 2010, habiendo sido previamente auditadas. También sucede así en el caso de las entidades Cetursa Sierra Nevada, Sierra Nevada Club Agencia de Viajes S.A. y Promonevada S.A. para las que se presenta un Informe de Procedimientos Acordados ya que su ejercicio social concluye el 30 de junio, fecha en la cual rinden sus cuentas anuales, que son objeto de auditoría y depósito en el Registro Mercantil.
A diferencia del ejercicio anterior, este año se incluyen las cuentas de Metro de Granada, S.A., Empresa Pública de Gestión de Activos, S.A. y Sociedad de Gestión, Financiación e Inversión Patrimonial, S.A.
No se ha producido ninguna baja.
Otros aspectos dignos de mención son los siguientes:
- A diferencia del ejercicio anterior, en éste se incluyen las cuentas anuales de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y el Deporte en Andalucía, S.A., resultante de la fusión de las sociedades “Turismo Andaluz, S.A.” y “Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A.”, autorizada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de julio de 2010.
- De igual manera, no se incluyen las cuentas anuales de Ferrocarriles de la Junta de Andalucía, por haber adoptado la forma de agencia pública empresarial con la denominación de la Agencia de Obra Pública de Andalucía. Tampoco se incluyen las cuentas anuales de Gestión de Infraestructuras de Andalucía, S.A., extinguida en 2010, habiéndose subrogado en todas sus relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones la mencionada Agencia de Obra Pública de Andalucía, cuyas cuentas anuales se incluyen en la presente Cuenta General de 2010.
- Las cuentas anuales de la Sociedad para la promoción y reconversión económica de Andalucía, S.A. (SOPREA) incluidas en la Cuenta General son cuentas formuladas, no habiendo sido aprobadas a la fecha de formación de la misma. Asimismo, no se incluye informe de auditoría.
- Asimismo, no se incluyen las cuentas del Instituto Andaluz de Finanzas, creado por la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, ya que se encuentra aún pendiente de constitución efectiva mediante la aprobación de sus Estatutos.
- No se presentan las cuentas de la Agencia Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento creada por Ley 16/2007, de 3 de diciembre, como entidad de Derecho Público de las previstas en el artículo 54.2.b) de la Ley de Administración de la Junta de Andalucía al no haberse producido su constitución efectiva mediante la aprobación de sus estatutos.
- Se incluyen las cuentas anuales de Red Logística de Andalucía, que agrupa a tres sociedades incluidas en la Cuenta General de 2009: Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A., Parque Logístico de Córdoba, S.A. y Zal Bahía de Algeciras, S.A.
- No se incluyen las cuentas anuales de la Empresa para la Incorporación Social, S.L., por haberse extinguido.
- En relación con Linares Fibras Industriales, S.A.U, por encontrarse en proceso de liquidación se presentan sus cuentas anuales formuladas por el Liquidador Único de la sociedad.
- Las sociedades Santana Motor, S.A., Santana Motor Andalucía, S.A., Santana Militar, grupo Santana Motor y Fabricados para la Automoción del Sur, S.A. (FASUR), han elaborado y remitido sus cuentas anuales, según declaran en sus respectivas memorias, bajo los criterios de empresa en liquidación, en virtud del artículo 365 de la Ley de Sociedades de Capital, por lo que manifiestan no estar obligadas a auditar sus cuentas.
Igualmente, se han incluido, tal como establece el artículo 52.2 de la Orden de 7 de junio de 1995, por la que se regula la Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía, las cuentas consolidadas por la empresa dominante del grupo, en los siguientes casos:
- RTVA (Radio y Televisión de Andalucía) consolida por el método de integración global con Canal Sur Televisión, S.A. y Canal Sur Radio, S.A. Asimismo, la Agencia Pública Empresarial
de la Radio y Televisión de Andalucía participa en el capital de las sociedades que se enumeran a continuación, aunque no se han incluido en el perímetro de consolidación de los estados financieros proforma rendidos en la presente Cuenta General, con objeto de mostrar tan sólo la situación financiero-patrimonial proforma consolidada de aquellas sociedades del grupo que tienen como actividad la prestación del servicio público de radiodifusión
y televisión. Dichas sociedades son las siguientes:
- Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A. (Sandetel), con una participación del 49% de su capital social.
- Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Sociedad de la Información S.A.U, con una participación indirecta del 49% de su capital social.
- Andalucía Digital Multimedia, S.A., con una participación indirecta del 20,75% en su capital social.
- Centro de Innovación y Transferencia de Tecnología de Andalucía, S.A.U., con una participación indirecta del 49% de su capital social.
- SANDETEL (Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A.) consolida por integración global con Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, S.A.U (SADESI) y Centro de innovación y Transferencia de Tecnología de Andalucía, S.A.U.
- APPA (Agencia Pública de Puertos de Andalucía) consolida por el método de integración global con todas sus sociedades dependientes sobre las que ejerce directa o indirectamente
el control desde la fecha en que se obtiene el mismo. En este ejercicio, APPA consolida por integración global con:
- Red Logística de Andalucía, S.A., de a que posee el 67,71% de participación.
- Consorcio de Transportes de Mercancías de Málaga, con un 58,26% de participación efectiva por parte de la Agencia.
- Empresa Pública para la Gestión del Turismo y el Deporte consolida por integración global con INTASA (Infraestructuras Turísticas Andalucía, S.A.).
- CETURSA SIERRA NEVADA consolida por integración global con Sierra Nevada Club Agencia de Viajes, S.A. y por el método de puesta en equivalencia con Promonevada S.A. y Apartahotel Trevenque, S.A.
- SANTANA MOTOR, S.A. consolida por el método de integración global con Santana Motor Andalucía, S.L.U. y por el método de puesta en equivalencia con Santana Militar.
Fundaciones y Consorcios
El artículo 6 bis de la anterior LGHP, actual artículo 5.1 del TRLGHP determina, entre otras entidades, qué fundaciones y consorcios quedan sujetos a los preceptos del mismo, señalando que a los consorcios referidos en el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, a las fundaciones del sector público andaluz, y a las demás entidades con personalidad jurídica propia no incluida en los artículos anteriores en las que sea mayoritaria la representación, directa o indirecta, de la Administración de la Junta de Andalucía, les será de aplicación el régimen presupuestario, económico-financiero, de control y contabilidad que establece la presente Ley, en lo previsto en la misma.
Por su parte, el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, dispone que los consorcios en los que la Administración de la Junta de Andalucía o cualquiera de las entidades que integran el sector público andaluz hayan aportado mayoritariamente dinero, bienes o industria, o se hayan comprometido en el momento de su constitución a financiar mayoritariamente dicho consorcio, han de someter su organización y actividad al ordenamiento autonómico y estarán sujetos al régimen económico-financiero, de control y contabilidad establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Dicho régimen se aplicará igualmente a los consorcios en los que más de la mitad de sus órganos de dirección corresponda a la Administración de la Junta de Andalucía o a cualquiera de las entidades del sector público andaluz.
En virtud de lo anterior, en la Cuenta General del ejercicio 2010 se han incluido todas aquellas fundaciones calificadas como del sector público andaluz, según lo establecido en el artículo 55 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Según el mencionado artículo, se consideran fundaciones del sector público andaluz:
- Aquéllas que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de la Administración de la Junta de Andalucía, sus organismos públicos o demás entidades o empresas de la Junta de Andalucía.
- Aquéllas que su patrimonio fundacional, con un carácter de permanencia, esté formado en más de un cincuenta por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por dichas entidades.• Aquéllas en las que la Administración de la Junta de Andalucía tenga una representación mayoritaria, entendiéndose como tal cuando más de la mitad de los miembros de los órganos de administración, dirección o vigilancia de la fundación sean nombrados por la Junta de Andalucía, a través de cualquiera de sus instituciones, entidades, órganos, organismos o empresas.
Como aspecto a destacar en el ejercicio 2010, al igual que en 2009, cabe decir que continúa en vigor el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, que establece la obligación de elaborar dos nuevos estados contables: el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y el Estado de Flujos de Efectivo. Sin embargo, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas ha publicado en su Boletín nº 73, su criterio sobre los efectos de la reforma contable (Plan General de Contabilidad, PGC 2007) en las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos, aprobadas por el Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, señalando que hasta la futura aprobación de una nueva adaptación sectorial ajustada a los nuevos criterios, las fundaciones de competencia estatal, las asociaciones declaradas de utilidad pública y todas aquellas entidades que de acuerdo con sus disposiciones específicas estuvieran obligadas a aplicar la adaptación de 1998, deberán seguir aplicándola en todo aquello que no contradiga los contenidos del nuevo Plan.
La citada consulta además precisa que para las entidades citadas anteriormente, entre las que se encuentran las fundaciones del sector público andaluz, las cuentas anuales estarán integradas por los documentos exigidos por sus disposiciones específicas. En particular, cuando dichas disposiciones obliguen a elaborar exclusivamente balance, cuenta de resultados y memoria, las entidades no estarán obligadas a elaborar los nuevos documentos incluidos en el PGC 2007.
No se incluyen las cuentas anuales 2010 de la Fundación Gastronómica de Andalucía, ya que no ha tenido actividad en el citado ejercicio y no ha elaborado, por tanto, dichos Estados Financieros.
No se incluyen las cuentas anuales de la Fundación Hospital Reina Sofía-Cajasur por haberse extinguido por absorción en la fundación FIBICO, que no tiene la consideración de perteneciente al sector público andaluz.
Se incluyen las cuentas anuales de la Fundación Centro para la Mediación y el Arbitraje, que no se incluyó en 2009 por no haber tenido actividad en dicho ejercicio.
Finalmente, se han incluido como pertenecientes al sector público andaluz las siguientes fundaciones, que no figuraban en la Cuenta General de 2009:
- Fundación Juan Nepomuceno Rojas
- Fundación Hospital de San Rafael
- Fundación Agregación de fundaciones benéfico-particulares de Sevilla
No obstante, la Fundación Hospital de San Rafael y Fundación Agregación de Fundaciones Benéfico-particulares de Sevilla no han remitido sus cuentas anuales, por lo que no se han podido incluir en la Cuenta General.
Tampoco se han incluido las cuentas de la Fundación Museo Picasso de Málaga, incluida en la Cuenta General de 2009, debido a su fusión con la Fundación Paul, Christine y Bernard Ruiz-Picasso, cuyo resultado es la creación de la “Fundación Museo Picasso Málaga. Legado Paul, Christine y Bernard Ruiz-Picasso”, a partir del 1 de enero de 2010, no teniendo esta última la consideración de pertenencia al sector público andaluz.
No se han incluido las cuentas del Consorcio Fernando de los Ríos, que aparecían en la Cuenta General de 2009, por haber dejado éste de cumplir los requisitos del artículo 12.3 de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía. No se han incluido las cuentas del Consorcio para la Promoción del Empleo en la Provincia de Cádiz por encontrarse en liquidación desde hace varios ejercicios, sin que se produzca su extinción definitiva.
Las cuentas del Consorcio Escuela de Joyería de Córdoba incluidas en la Cuenta General no han sido aprobadas a la fecha de elaboración de la misma.
Por lo que respecta al contenido de la información contable de los consorcios se ha atendido a lo dispuesto en la Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Normal de Contabilidad Local. En anexo incluye el Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración Local, cuya parte CUARTA determina los modelos que integran las CUENTAS ANUALES, Balance, Cuenta del Resultado Económico- Patrimonial, Estado de Liquidación del Presupuesto y Memoria.
Fondos Carentes de Personalidad Jurídica
Por último, el ya citado apartado 3 del artículo 5 del TRLGHPJA establece que los fondos carentes de personalidad jurídica cuya dotación se efectúe mayoritariamente desde el Presupuesto de la Junta de Andalucía, se sujetarán a los efectos de esta Ley al régimen establecido para las entidades mencionadas en el apartado 1 de este artículo. En virtud de lo anterior, se han incluido en la Cuenta General de 2010 los fondos que se relacionan a continuación:
- Fondo de apoyo a las Pymes agroalimentarias (entidad gestora DAPSA)
- Fondo de apoyo a las Pymes turísticas y comerciales (entidad gestora TURASA)
- Fondo de apoyo a las Pymes de industrias culturales (entidad gestora Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales)
- Fondo para la internacionalización de la economía andaluza (entidad gestora EXTENDA)
No se han incluido las cuentas anuales del Fondo de contingencia para las garantías a conceder por la CCAA de Andalucía a fondos de titulización de activos, ni las del fondo para el apoyo de actuaciones en materia de vivienda, por no haber tenido actividad en 2010.
Finalmente, las cuentas anuales de los fondos que se citan a continuación, son cuentas formuladas, sin que se haya producido su aprobación a la fecha de elaboración de la presente Cuenta General.
- Fondo de apoyo al desarrollo empresarial
- Fondo para el impulso de las energías renovables y la eficiencia energética
- Fondo de economía sostenible para Andalucía