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Por el sistema de puesta en equivalencia consolida con las sociedades:
– Estadio La Cartuja de Sevilla, S.A. (de la que posee el 28,55% de participación) y Red
de Villas Turísticas de Andalucía, S.A. (de la que posee el 33,33% de participación).
•
Cetursa Sierra Nevada, S.A. Consolida por integración global con Sierra Nevada Club
Agencia de Viajes, S.A. (de la que posee el 100% de participación).
Por el sistema de puesta en equivalencia consolida con las sociedades:
– Promonevada, S.A. (de la que posee el 13,87% de participación) y con Apartahotel
Trevenque, S.A. (de la que posee el 11,74% de participación indirecta).
CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA 2014
CUENTAS DE OTRAS ENTIDADES
2.
Fundaciones y
Consorcios
E
l artículo 5.1 del TRLGHPJA determina, entre otras entidades, qué fundaciones y consor-
cios quedan sujetos a los preceptos del mismo, señalando que a los consorcios referidos
en el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, a las fundaciones del sector público andaluz, y a las demás entidades con
personalidad jurídica propia no incluidas en los artículos anteriores en las que sea mayo-
ritaria la representación, directa o indirecta, de la Administración de la Junta de Andalu-
cía, les será de aplicación el régimen presupuestario, económico-financiero, de control y
contabilidad que establece la presente Ley, en lo previsto en la misma.
Por su parte, el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, dispone que los con-
sorcios en los que la Administración de la Junta de Andalucía o cualquiera de las enti-
dades que integran el sector público andaluz hayan aportado mayoritariamente dinero,
bienes o industria, o se hayan comprometido en el momento de su constitución a finan-
ciar mayoritariamente dichos consorcios, han de someter su organización y actividad al
ordenamiento autonómico y estarán sujetos al régimen económico-financiero, de con-
trol y contabilidad establecido en el TRLGHPJA. Dicho régimen se aplicará igualmente
a los consorcios en los que más de la mitad de sus órganos de dirección corresponda
a la Administración de la Junta de Andalucía o a cualquiera de las entidades del sector
público andaluz. (Aún cuando la Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015, en su Disposición Final Tercera ha
modificado el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre; dicha modificación entra en
vigor el 1 de enero de 2015, por la que no afecta a la formación de la Cuenta General de la
Junta de Andalucía para 2014).
Asimismo, en la presente Cuenta General se han incluido todas aquellas fundaciones
calificadas como del sector público andaluz, según lo establecido en el artículo 55 de la
Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Según el mencionado artículo, se consideran fundaciones del sector público andaluz:
•
Aquéllas que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de la
Administración de la Junta de Andalucía, sus organismos públicos o demás entidades
o empresas de la Junta de Andalucía.