Acerca de la Agencia
La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, regula en su título VI la evaluación del sistema educativo, disponiendo el artículo 153 que esta se orientará a la mejora permanente del mismo y al aprendizaje satisfactorio y relevante del alumnado, de forma que contribuya al éxito escolar de este. Asimismo dispone que la evaluación del sistema educativo andaluz se extenderá a todos los ámbitos educativos regulados en la Ley y se aplicará sobre los procesos de aprendizaje y resultados del alumnado, la actividad del profesorado, los procesos educativos, la función directiva, el funcionamiento de los centros docentes, la inspección, los servicios de apoyo a la educación y la propia Administración educativa.
El artículo 155 de la citada Ley 17/2007, de 10 de diciembre, establece que la evaluación general del sistema educativo andaluz será realizada por la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, una agencia administrativa de la Administración de la Junta de Andalucía cuya creación y aspectos fundamentales de su regulación se recogen en el Capítulo III del Título VI de dicha Ley.
La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, fue creada, por tanto, por la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. Mediante esta norma adquirió personalidad jurídica diferenciada, patrimonio y tesorería propios en los términos de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía. Está configurada como una agencia administrativa de la Administración de la Junta de Andalucía adscrita a la Consejería competente en materia de educación. Como tal entidad de derecho público, cuenta con un régimen jurídico propio distinto al de la Consejería de Educación que, sin perjuicio de la dirección estratégica, evaluación y control de eficacia que corresponden a la Consejería competente en materia de Educación, goza de autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus funciones y potestades administrativas.
El Decreto 435/2008, de 2 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa (BOJA núm. 182 de 12 de septiembre de 2008) ha establecido las competencias y funciones que se le encomiendan, con indicación de las potestades administrativas que puede ejercitar, la composición y el régimen de funcionamiento de sus órganos de gobierno, de dirección y de carácter técnico, la distribución de competencias entre dichos órganos y el rango administrativo de los mismos, el patrimonio que se le asigna para el cumplimiento de sus fines, los recursos económicos, el régimen relativo a los recursos humanos, patrimonio y contratación, el régimen presupuestario, económico-financiero, de intervención, de control financiero y de contabilidad.
Finalmente, la publicación de la Orden de 3 de marzo de 2009, (BOJA núm. 68 de 12 de marzo de 2009) ha supuesto el establecimiento del inicio de las actuaciones de la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa.