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Redes evaluadoras

Esta Red estará constituida por Inspectoras e Inspectores de Educación, así como por otros perfiles profesionales, buscando atender a la tipología de centros, programas, servicios o desempeños profesionales docentes y directivos objeto de la evaluación y acreditación. Serán seleccionados por la AGAEVE, previa solicitud y verificación de la idoneidad.

Derechos y deberes

Quienes componen la Red de evaluadoras y evaluadores tendrán los siguientes derechos:

a) Aplicar plenamente, con independencia y profesionalidad, sus conocimientos científicos y recursos técnicos en la actividad evaluadora.

b) Participar en aquellas actividades formativas que organice o promueva la AGAEVE que permitan una actualización permanente en los avances académicos, científicos y tecnológicos relacionados con su especialidad.

c) Conocer las mejores prácticas de gestión educativa de los centros docentes y servicios educativos, así como sobre desempeños profesionales, y compartir experiencias con personas expertas de los diferentes ámbitos de intervención.

d) Incrementar su experiencia, conocimientos y habilidades en los sistemas de gestión de calidad, especialmente en el modelo EFQM.

e) Recibir indemnizaciones por órdenes de trabajo previstas en el presente Reglamento.

Las personas que conformen la Red de evaluadoras y evaluadores tendrán los siguientes deberes:

a) Realizar el trabajo de evaluación encomendado con rigor, objetividad, discreción y con estricto cumplimiento tanto de las normas legales como del Código Ético y procedimientos establecidos por la AGAEVE.

b) Mantener una relación de respeto y colaboración con los diferentes miembros de los centros, programas o servicios educativos o de la administración educativa que evalúan.

c) Indicar que procede su abstención en el procedimiento cuando concurra alguno de los motivos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

d) Realizar los informes de evaluación con la firmeza metodológica y la ética profesional que se requieren para el cumplimiento de la responsabilidad asumida ante la Agencia.

e) Guardar el secreto profesional en toda investigación e información que haya adquirido acerca de la institución o persona evaluada.

Comisiones evaluadoras

Las acciones evaluadoras y de acreditación se realizarán por comisiones evaluadoras de las que formarán parte distintos perfiles profesionales con credenciales otorgadas por la AGAEVE u organismos análogos para tal efecto.

Las comisiones de evaluación estarán constituidas por tres personas: una presidencia y dos vocalías. Cuando la actividad evaluadora se realice sobre un centro docente o servicio educativo, la presidencia será desempeñada por un Inspector o Inspectora de Educación.

La comisión de evaluación culminará su trabajo, tras la visita al centro docente o servicio educativo emitiendo un informe-propuesta avalado con argumentos científicos y técnicos que permitan a la AGAEVE valorar la información contrastada para emitir la correspondiente resolución.

Los informes de evaluación habrán de ser claros, precisos, rigurosos e inteligibles. Deberán expresar su alcance y limitaciones, el grado de certidumbre que acerca de sus contenidos posean los informantes, las técnicas y procedimientos utilizados para su elaboración, haciendo constar en todo caso que se ha seguido el trámite de audiencia correspondiente.

Criterios de selección

1. Funcionarios y funcionarias pertenecientes a los distintos cuerpos docentes de la enseñanza no universitaria, personal laboral o funcionario de administración y servicios con experiencia en educación que hayan expresado su deseo de formar parte de las comisiones de evaluación contestando en plazo a las convocatorias públicas realizadas a tal efecto por la AGAEVE.

2. Trayectoria profesional adecuada a sus funciones, que debe estar caracterizada por su relevancia en la supervisión o dirección de centros, la docencia e investigación.

3. Formación y experiencia en evaluación de centros, conforme a sistemas de gestión de calidad basados en el modelo EFQM.

4. Experiencia contrastada en evaluación de desempeños profesionales, en especial en evaluación curricular del profesorado.

5. Disponibilidad para participar con eficacia en los trabajos de las comisiones.

6. Pluralidad de ámbitos profesionales, especialidades curriculares.

7. Equilibrio territorial y de género.

Procedimiento de selección

1. La AGAEVE realizará convocatorias públicas, a través de su página Web, en las que se solicitarán personas expertas que de forma voluntaria deseen formar parte de la Red de evaluadoras y evaluadores de la Agencia.

2. Los datos de los formularios recibidos se organizarán en listas de expertos de los siguientes ámbitos de evaluación: docencia, orientación, formación, inspección, PAS, administración educativa y dirección.

3. La Comisión Técnica de Evaluación y Certificación emitirá un informe de idoneidad de las distintas solicitudes presentadas conforme a los criterios establecidos en el punto anterior. Para contrastar la información podrá recabar información a otros organismos e instituciones.

4. Si en algún ámbito el número de personas expertas fuera excesivo, se ordenará esta lista priorizando los criterios de género y equilibrio territorial entre las diferentes provincias.

Acreditación

La Dirección General de la AGAEVE emitirá un certificado que acredite como evaluador o evaluadora de la Agencia, indicando su tiempo de validez, a las personas expertas seleccionadas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Para la evaluación de centros docentes, servicios educativos y la administración educativa

1. Certificación de competencias para la evaluación según estándares EFQM  Certificación del Instituto Andaluz de Innovación y Tecnología (IAT) de haber superado con aprovechamiento los cursos de formación (nivel básico y avanzado) que los habilita para realizar evaluaciones de la gestión de centros y servicios conforme a los estándares del Club de Evaluadores y Evaluadoras del Centro Andaluz para la Excelencia en la Gestión Certificación de otras organizaciones análogas autonómicas, nacionales o internacionales que acrediten poseer la capacitación necesaria para la evaluación de la gestión de centros y servicios conforme al modelo EFQM.

2. Suscripción del compromiso de cumplimiento del Código Ético y de los procedimientos de evaluación para la acreditación establecidos para cada ámbito por la AGAEVE.

b) Para la evaluación de desempeños profesionales docentes y directivos

1. Suscripción del compromiso de cumplimiento del Código Ético y de los procedimientos de evaluación para la acreditación establecidos para cada ámbito por la AGAEVE.

La renovación de la acreditación efectuada por la AGAEVE, una vez finalizado su tiempo de validez, estará condicionada a la valoración positiva que realice la Comisión de Evaluación y Certificación del trabajo realizado.