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Impartir enseñanzas de Formación Profesional

Las enseñanzas de Formación Profesional se pueden impartir en los centros públicos y en los centros privados autorizados. Las personas físicas o jurídicas titulares de un centro privado pueden solicitar a la Consejería de Educación autorización para impartir enseñanzas de Formación Profesional regladas conducentes a la obtención de títulos oficiales.

El procedimiento de autorización (denominado erróneamente como homologación) requiere que el centro posea las instalaciones adecuadas, que disponga de profesorado con la titulación necesaria y que la Administración verifique el cumplimiento de todos los requisitos. Una vez conseguida la autorización el centro docente debe impartir las enseñanzas siguiendo los currículos oficiales y ajustar su funcionamiento a la normativa académica vigente. A cambio de todo ello, las enseñanzas que imparten los centros docentes privados autorizados tienen la misma validez que la de los centros públicos, y otorgan los mismos títulos (en realidad es la Consejería de Educación la que emite todos los títulos oficiales).

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