Información general
La Consejeria de Educacion, de conformidad con lo establecido en la Ley de Educacion de Andalucia, tiene como objetivos, entre otros, promover que la población llegue a alcanzar una formación de educación secundaria posobligatoria o equivalente, aumentando el número de jóvenes y personas adultas con titulación en estas enseñanzas, así como garantizar el derecho del alumnado a la accesibilidad y permanencia en el sistema educativo, poniendo a su disposición las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, en el caso de presentar necesidades especificas que impidan o dificulten el ejercicio de este derecho.
El Decreto 59/2009, de 10 de marzo de 2009, por el que se modifica el Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, y el Decreto 18/2003, de 4 de febrero, de ampliación de las medidas de apoyo a las familias, incluye un conjunto de actuaciones que inciden, de manera exclusiva en el ámbito educativo. Entre dichas actuaciones se recoge la implantación de la BECA 6000, dirigida a apoyar al alumnado perteneciente a familias con rentas modestas que termina la enseñanza obligatoria, con objeto de que pueda continuar sus estudios de bachillerato o formación profesional, compensando la ausencia de ingresos por no estar realizando ninguna actividad laboral.
En el curso 2009/2010 la Consejería de Educacion puso en marcha la convocatoria de la BECA 6000, como una medida que pretende, por una parte, prevenir el abandono prematuro de este alumnado y lograr su continuidad y éxito dentro del sistema educativo, sirviendo de aliciente y estimulo y, por otra, paliar la merma de ingresos que se produce en la familia como consecuencia de la no incorporación del alumnado al mercado de trabajo.
La obtención y mantenimiento de la beca por parte del alumnado dependerá de su asistencia a clase y de su rendimiento académico.
En este sentido hay que significar que la convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general de este curso 2012/2013 el Ministerio competente en materia de educación recoge, como novedad para la obtención del componente de compensación educativa, los requisitos que se reseñan a continuacion, lo cual supone, en consecuencia, la modificacion de los requisitos académicos para la concesión de la Beca 6000:
- Los estudiantes de primer curso de bachillerato, haber obtenido una nota media de 5,50 puntos en el cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria o prueba de acceso, en su caso.
- Los estudiantes de segundos y posteriores cursos de enseñanzas postobligatorias no universitarias organizadas por materias o asignaturas, haber superado, al menos,todas las materias o asignaturas del curso anterior, con excepción de una.
- Los estudiantes de segundos y posteriores cursos de enseñanzas postobligatorias no universitarias organizadas por módulos, haber superado, al menos, en el curso anterior un número de módulos que supongan el 85% de las horas totales del curso en que hubieran estado matriculados.
La BECA 6000 que comenzó en el curso 2009/2010 y se ha desarrollado durante los cursos 2010/2011 y 2011/2012, ha permitido que 16.363 alumnos y alumnas andaluces hayan conseguido realizar sus estudios posobligatorios.
Documentación aclaratoria
- Tramitación de la BECA 6000 (PDF / 22,44Kb)
Diagrama de funcionamiento de la fase de tramitación de la BECA 6000 - Fase de seguimiento de la BECA 6000 (PDF / 17,82Kb)
Diagrama de funcionamiento de la fase de seguimiento de la BECA 6000