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Fachada principal del Edificio del Consejo Económico y Social de Andalucía

 

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Información Institucional

 

Órganos colegiados

El Pleno: Órgano supremo de decisión y formación de la voluntad del Consejo, integrado por la Presidencia y 36 miembros, con la asistencia de la Secretaría General, agrupados de la siguiente manera:

  1. Grupo primero: Integrado por 12 miembros en representación de las organizaciones sindicales.
  2. Grupo segundo: Integrado por 12 miembros en representación de las organizaciones empresariales.
  3. Grupo tercero: Integrado por 12 miembros, cuya procedencia es la siguiente:

    • Dos en representación de los consumidores y usuarios.
    • Dos en representación del sector de la economía social.
    • Uno en representación de las Corporaciones Locales.
    • Uno en representación de las Universidades.
    • Seis expertos en las materias competencia del Consejo.

La Comisión Permanente: Órgano de gobierno del Consejo, integrado por la Presidencia, dos Vicepresidencias y tres miembros en representación de los grupos, y estará asistido por la Secretaría General.

Para el desarrollo de sus fines, el Consejo funciona también a través de Comisiones de Trabajo. En la actualidad existen cuatro, creadas por el Reglamento del Consejo, que son:

 

COMISIONES DE TRABAJO
Economía y Desarrollo. Archivo en formato HTML
Políticas Sectoriales. Archivo en formato HTML
Políticas Sociales. Archivo en formato HTML
Empleo y Formación. Archivo en formato HTML

 

Y otras tres creadas por acuerdo del Pleno, que son:
Consumo, Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Archivo en formato HTML
Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación. Archivo en formato HTML
Asuntos Institucionales y Administraciones Públicas. Archivo en formato HTML

 

Órganos unipersonales

  • La Presidencia: Ejerce la representación del Consejo Económico y Social de Andalucía y dirige su actuación.
  • Las Vicepresidencias: Colaboran con la Presidencia en la dirección del Consejo sustituyéndolo en caso necesario.
  • La Secretaría General: Ejerce la dirección administrativa y técnica de los órganos del Consejo y vela porque éstos actúen conforme a los principios y normas que han de regir su actuación.


 


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