Saltar al contenido

Junta de Andalucía. Apoyamos el Empleo de Calidad

Usted está en:

Usted está en: Inicio > Oficina virtual: Guía de Servicios y Trámites > Detalle

Guía de Servicios y Trámites

 

Guía de Servicios y Trámites

Premios Andalucía- Concilia

Categoría: Otras
Organismo: Consejería de Empleo. Servicio Andaluz de Empleo.
Colectivo:

- Modalidad A: Universidades Públicas Andaluzas y  entidades sin ánimo de lucro.

- Modalidad B: Empresas públicas y privadas y entidades sin ánimo de lucro.

Órgano Competente: Dirección General de Fomento e Igualdad en el Empleo
Plazo Presentación: 30 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (Orden publicada en el Boletín Nº 55 de 20/03/2009)
Plazo Resolución: 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de candidaturas
Observaciones:

-La cuantía de los Premios será de 6000 euros para cada una de las modalidades y categorías previstas.

- Los criterios de valoración para cada una de las modalidades están detallados en la Orden.

Descripción Procedimientos: Los Premios ANDALUCIA-CONCILIA, están destinados a distinguir a aquellas entidades que contribuyen a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores y trabajadoras andaluces, a través de dos modalidades de premios:

a) Modalidad A: Premio “Innovar en Conciliación”.

b) Modalidad B: Premio “Buenas prácticas en Conciliación”,  con 3 categorías:

- Primera categoría: Entidades Empleadoras con hasta 50 personas trabajadoras.

- Segunda categoría: Entidades Empleadoras de 51 hasta 249 personas trabajadoras.

-Tercera categoría: Entidades empleadoras con 250 o más trabajadores y trabajadoras.
Documentación Necesaria:

1. Documentación general:

a) Fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad participante y de la documentación acreditativa de poder de representación del firmante de la candidatura para actuar en nombre de la misma.
b) Declaración responsable del solicitante de no hallarse incurso en ninguna de las circunstancias relacionadas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni en el apartado 1 del artículo 29 de la Ley 3/2004 de, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.
c) Documentación acreditativa de que la entidad participante cuenta con sede o, en su caso, centro de trabajo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
d)     Declaración expresa por parte de la entidad participante de aceptación de las bases del premio y del fallo del Jurado.
 
2. Documentación específica para los Premios “Innovar en Conciliación”

a) Proyecto que contemple el desarrollo de las ideas propuestas y por las que se opta al premio (Anexo II).
b) Declaración responsable de la experiencia de la entidad en materia de conciliación laboral y familiar en la que se relacionen los trabajos, estudios o investigaciones relacionadas con la temática, y con el compromiso de presentar la correspondiente acreditación de la experiencia en el supuesto de resultar premiada, o a solicitud del órgano instructor.

 3. Documentación específica para los Premios “Buenas prácticas en Conciliación”:

a) Memoria en la que se contemplen las medidas implantadas en la entidad en materia de conciliación.
b) Documentación acreditativa de la implantación de las medidas que optan al Premio. 
 

Requisitos:

- Modalidad A: Que se trate de Universidades Públicas Andaluzas o de entidades sin ánimo de lucro que cuenten con sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y respecto de actividades desarrolladas en él mismo. En ambos casos deberán acreditar experiencia en el campo de la investigación social en materia de conciliación laboral y familiar.

 - Modalidad B: Que se trate de empresas públicas y privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como las entidades sin ánimo de lucro, siempre que desarrollen su actividad y tengan establecido al menos un centro de trabajo o sede en la Comunidad Autónoma de Andalucia.
Lugar Presentación:

Las solicitudes de participación se presentarán, preferentemente, en el Registro General de la Consejería de Empleo o en los Registros de las  Delegaciones Provinciales de la Consejería de Empleo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

Modo Presentación:

Escrito

Cómo se hace:

Los formularios de solicitud, anexos a la Orden, pueden descargarse en la web de la Consejería de Empleo.

Seguimiento Expediente: Dirección General de Fomento e Igualdad en el Empleo
Silencio Administrativo: Desestimativo
Método Resolución: Competitivo
Documentos adjuntos
Otros contenidos relacionados
 

JUNTA DE ANDALUCÍA. Todos los derechos reservados, 2010.

WAI-AA