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| Categoría: | Otras |
|---|---|
| Organismo: | Consejería de Empleo. Servicio Andaluz de Empleo. |
| Colectivo: | - Modalidad A: Universidades Públicas Andaluzas y entidades sin ánimo de lucro. - Modalidad B: Empresas públicas y privadas y entidades sin ánimo de lucro. |
| Órgano Competente: | Dirección General de Fomento e Igualdad en el Empleo |
| Plazo Presentación: | 30 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (Orden publicada en el Boletín Nº 55 de 20/03/2009) |
| Plazo Resolución: | 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de candidaturas |
| Observaciones: | -La cuantía de los Premios será de 6000 euros para cada una de las modalidades y categorías previstas. - Los criterios de valoración para cada una de las modalidades están detallados en la Orden. |
| Descripción Procedimientos: | Los Premios ANDALUCIA-CONCILIA, están destinados a distinguir a aquellas entidades que contribuyen a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores y trabajadoras andaluces, a través de dos modalidades de premios: a) Modalidad A: Premio “Innovar en Conciliación”. - Primera categoría: Entidades Empleadoras con hasta 50 personas trabajadoras. - Segunda categoría: Entidades Empleadoras de 51 hasta 249 personas trabajadoras. -Tercera categoría: Entidades empleadoras con 250 o más trabajadores y trabajadoras. |
| Documentación Necesaria: | 1. Documentación general: a) Fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad participante y de la documentación acreditativa de poder de representación del firmante de la candidatura para actuar en nombre de la misma. 3. Documentación específica para los Premios “Buenas prácticas en Conciliación”: a) Memoria en la que se contemplen las medidas implantadas en la entidad en materia de conciliación. |
| Requisitos: | - Modalidad A: Que se trate de Universidades Públicas Andaluzas o de entidades sin ánimo de lucro que cuenten con sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y respecto de actividades desarrolladas en él mismo. En ambos casos deberán acreditar experiencia en el campo de la investigación social en materia de conciliación laboral y familiar. - Modalidad B: Que se trate de empresas públicas y privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como las entidades sin ánimo de lucro, siempre que desarrollen su actividad y tengan establecido al menos un centro de trabajo o sede en la Comunidad Autónoma de Andalucia. |
| Lugar Presentación: | Las solicitudes de participación se presentarán, preferentemente, en el Registro General de la Consejería de Empleo o en los Registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Empleo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. |
| Modo Presentación: | Escrito |
| Cómo se hace: | Los formularios de solicitud, anexos a la Orden, pueden descargarse en la web de la Consejería de Empleo. |
| Seguimiento Expediente: | Dirección General de Fomento e Igualdad en el Empleo |
| Silencio Administrativo: | Desestimativo |
| Método Resolución: | Competitivo |
| Documentos adjuntos | |
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