RESOLUCIÓN de 29 de Julio de 1999, por la que se acuerda la publicación de la relación de normas armonizadas en el ámbito del REAL DECRETO 1495/1991, de 11 de Octubre, de aplicación de la Directiva 87/404/CEE, sobre recipientes a presión simples.
El artículo 4.3 del Real Decreto 1495/1991, de 11 de Octubre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 87/404/CEE sobre recipientes a presión simples establece que el Ministerio de Industria y Energía publicará, mediante Resolución del centro directivo competente en materia de seguridad industrial, con carácter informativo, las referencias de las normas armonizadas así como las normas UNE que las transpongan.
La Comisión Europea ha publicado las referencias de varias normas armonizadas en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» lo que debe comunicarse con carácter informativo a los interesados, dado que de acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 1495/1991, anteriormente citado, los recipientes diseñados con arreglo a las mismas gozan de presunción de conformidad con los requisitos esenciales de dicho Real Decreto.
En su virtud esta Dirección General resuelve disponer la publicación de la relación de normas armonizadas en el ámbito de la Directiva 87/404/CEE sobre recipientes a presión simples, traspuesta al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 1495/1991, de 11 de octubre, publicadas en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» hasta la fecha.
La referida relación, que figura como anexo a la presente Resolución debe entenderse a título informativo y sujeta a posteriores actualizaciones en función de los mecanismos de elaboración previstos, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.3 del Real Decreto 1495/1991 citado anteriormente.
Lo que se comunica para general conocimiento.
Madrid, 29 de julio de 1999.-
El Director general, Arturo González Romero.
| Código de la norma armonizada |
Diario Oficial DOCE | Título de la norma armonizada | Adopción por AENOR | ||
| Número | Fecha | Código UNE norma armonizada | Fecha BOE publicación | ||
| EN 286-1:1998 (1) | C 229 | 22-07-1998 | Recipientes a presión simples, no sometidos a la llama, diseñados para contener aire o nitrógeno. Parte 1: Proyecto, fabricación y ensayos. | UNE-EN 286-1:1999 | 11-05-1999 |
| EN 286-2:1992 | C 328 | 12-12-1992 | Recipientes a presión simples, no sometidos a llama, diseñados para contener aire o nitrógeno. Parte 2: Calderines para sistemas de frenado por aire y sistemas auxiliares para vehículos a motor y sus remolques. | UNE-EN 286-3:1995 | 17-11-1993 |
| EN 286-3:1994 | C 162 | 28-06-1995 | Recipientes a presión simples, no sometidos a la llama, diseñados para contener aire o nitrógeno. Parte 3: Recipientes a presión de acero, para los equipos de frenado por aire y para equipos neumáticos auxiliares del material rodante ferroviario. | UNE-EN 286-3:1995 | 13-11-1995 |
| EN 286-4:1994 | C 162 | 28-06-1995 | Recipientes a presión simples no sometidos a llama, diseñados para contener aire o nitrógeno. Parte 4: Recipientes a presión de aleaciones de aluminio para los equipos de frenado por aire y para equipos neumáticos auxiliares del material rodante ferroviario. | UNE-EN 286-4:1995 | 13-11-1995 |
(1) La presunción de conformidad dada por la norma EN 286-1:1991 [UNE-EN 286-1:1991 (UNE-EN 286-1:1992 + UNE-EN 286-1/AC:1995)] acaba el 31agosto de 1998.