RED DE SERVICIOS SOCIALES
Colectivo de discapacitados
- CENTROS DE DÍA. Son los destinados a la atención de personas que por su discapacidad no puedan integrarse, transitoria o permanentemente, en un medio laboral especial o normalizado, o que por su gravedad, requiriendo de atención continuada, no puedan ser atendidos por su unidad de convivencia durante el día. Según el régimen de atención dispensado a las personas usuarias, se clasifican en:
- UNIDADES DE ESTANCIA DIURNA: Centros que atienden específicamente y de forma integral, como apoyo a la unidad de convivencia, a personas que en situación de dependencia, se hallen afectadas por retraso mental, discapacidad física, parálisis cerebral, trastornos del espectro autista, o cualquier otro tipo de discapacidad que fuera necesario atender en este régimen.
- CENTROS OCUPACIONALES: Centros que fomentan la integración social y proporcionan una actividad útil a personas en edad laboral, que por su acusada discapacidad, temporal o permanente, no pueden acceder a puestos de trabajo ordinarios o especiales, y que tienen por finalidad mejorar su adaptación personal y social, habilitarles laboralmente y normalizar sus condiciones de vida.