En el caso de los enfermos mentales con trastornos de tipo
esquizofrénico o maniaco depresivos, etc., formarán parte del colectivo de usuarios de los servicios de teleasistencia siempre que:
- Estén en circunstancias de utilizar adecuadamente los dispositivos. Esto implica no solo poder usar los dispositivos, sino saber hacerlo especialmente en momentos de crisis, de forma que se puedan evitar falsas alarmas y garantizar la cobertura de situaciones reales de crisis.
- Se encuentre en situación de necesidad por riesgo socio-sanitario. Debido fundamentalmente, a la ausencia de apoyo familiar total o parcialmente.