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Dirección General de Movilidad

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TitularRafael Chacón Sánchez

Subdirector: José Luis Romero Pérez

La Dirección General de Movilidad es el órgano de planificación, gestión y desarrollo en materia de transportes y movilidad en la Comunidad Autónoma, y asume el ejercicio de las competencias de la Consejería en estas materias conferidas por la legislación vigente.

En particular, le corresponden las siguientes funciones:

  • La elaboración de planes y programas de la Comunidad Autónoma, en el marco de la planificación general de transportes y movilidad que establezca la Consejería, así como su desarrollo y seguimiento.
  • La elaboración de normas y la redacción de estudios y planes, así como las tareas de coordinación que permitan definir la política de transporte a partir de las necesidades de la población en los distintos ámbitos territoriales andaluces y de sus características en materia de género, todo ello con criterios de sostenibilidad y accesibilidad.
  • La gestión y desarrollo de la Red de Áreas Logísticas de Andalucía, en el marco de la planificación general de la Consejería, y el impulso de la intermodalidad en aquéllas.
  • El impulso y planificación del uso de la bicicleta.
  • La ordenación de los servicios de transporte por carretera, ferroviario, por cable y otros modos que correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
  • La programación, promoción y fomento de actividades de educación y sensibilización sobre la movilidad sostenible, a través de actividades de estudio, divulgación, formación y otros.
  • La gestión, explotación e inspección de los servicios de transporte por carretera, ferroviarios, por cable y otros que le correspondan de acuerdo con la legislación vigente.
  • El establecimiento e imposición de obligaciones de servicio público en la prestación de los servicios de transporte por ferrocarril y carretera, así como, en su caso, la determinación de las correspondientes compensaciones, y la tramitación, adjudicación, modificación y extinción de los oportunos contratos de gestión de servicios públicos u otros instrumentos mediante los que se hubiese formalizado su contenido.
  • La programación y ejecución de las inversiones en esta materia.
  • La gestión administrativa de cuantos asuntos se deriven de la aplicación de la normativa vigente en materia de transportes y de movilidad.
  • La dinamización, desarrollo y coordinación de las actividades del Observatorio Andaluz de la Movilidad Sostenible y la Logística y el apoyo técnico a los mismos.
  • El impulso y coordinación de los Consorcios de Transportes en las diversas áreas territoriales de Andalucía en ejercicio de las competencias de la Consejería delegadas en dichos entes.
  • Las funciones atribuidas a la Comunidad Autónoma en materia de puertos y aeropuertos.
  • La emisión del informe autonómico previsto en el artículo 13 del Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo, aprobado por el Decreto 35/2012, de 21 de febrero.
  • La evaluación y seguimiento de las actividades de su competencia, encomendadas a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía en el marco de las directrices de la persona titular de la Consejería y sin perjuicio de las funciones de coordinación que correspondan a la persona titular de la Viceconsejería.
  • La propuesta, ejecución y seguimiento de los convenios de colaboración, cooperación y conciertos referentes a la actividad de la Consejería, dentro de su ámbito de competencia.
  • Cualesquiera otras que resulten necesarias para el ejercicio de sus competencias.
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