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La Junta eleva a rango de ley la regulación de las tasas portuarias

El Consejo aprueba un decreto ley que aplica una sentencia del Supremo, pero manteniendo los mismos importes ya rebajados en 2013

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18 de noviembre de 2014
Ámbito: Andalucía
Área: Movilidad Sostenible
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El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto ley que incorpora a la Ley de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía las reglas y criterios para determinar el importe de las tasas autonómicas en este ámbito. Ello se deriva de la sentencia del Tribunal Supremo, dictada el pasado 3 de julio, que subraya la necesidad de que estos tributos cuenten con un marco jurídico que recoja todos los elementos esencia-les y tengan unos parámetros de cuantificación justificados con la correspondiente memoria económica. Los importes de las tasas reguladas, tanto para las actividades náutico-recreativas como pesqueras, comerciales o industriales, no varían respecto a los actuales.

La modificación normativa se realiza a través de la vía del decreto ley, prevista en el Estatuto de Autonomía para casos de urgente necesidad, ante la proximidad del ejercicio 2015, a cuyo inicio se produce el devengo de la mayoría de tasas portuarias. De ahí la exigencia de fijar sin demora los criterios, reglas, parámetros y categorías esenciales para su cuantificación, así como de asegurar la plena eficacia de la normativa tributaria en materia portuaria.

Los ingresos proporcionados por estos tributos resultan imprescindibles para el sos-tenimiento de los servicios prestados en el sistema portuario andaluz, integrado por 37 puertos. De ellos, 12 son de gestión indirecta a través de concesionarios y 25 a cargo de la Consejería de Fomento y Vivienda. Estos últimos proporcionan 40.000 empleos directos e indirectos en actividades pesqueras, deportivas, terciarias y de ocio, industria auxiliar y transporte de pasajeros y mercancías.

La sentencia del Tribunal Supremo de 3 de julio de 2014 anuló el Decreto 371/2004, que regulaba los cánones de las concesiones en los puertos e instalaciones portuarias andaluzas hasta el año 2011, basándose en la ausencia de una memoria económica que justificase los criterios, reglas, parámetros y categorías esenciales para la cuantificación. El diciembre de 2011 fue aprobado el Decreto 368/2011 que desarrolla la Ley de Puertos de 2007 en lo relativo al conjunto de tasas portuarias, pero igualmente adolecía de memoria económica, por lo que resultaba susceptible de la misma causa de nulidad.

El actual decreto ley subsana este error al incorporar memoria económica y elevar a rango de ley el conjunto de la normativa tributaria sobre los puertos autonómicos, sin que se modifiquen los importes de las distintas tasas.

El pasado año 2013, y con el fin de incentivar la actividad productiva y la generación de empleo en el sector, la Junta rebajó un promedio del 30% el importe de los cánones a los concesionarios de puertos deportivos, instalaciones náutico-recreativas, pesqueras, industriales y comerciales en el dominio público portuario autonómico. Asimismo, bajó hasta un 16% el importe de las tasas que tienen que pagar los usuarios de atraques deportivos con contrato base anual en instalaciones gestionadas directamente por la Consejería de Fomento y Vivienda.
 

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