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Rehabilitación Individualizada de Viviendas

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Cuadro-resumen

En qué consiste

A quién va dirigido

Condiciones y requisitos particulares del Programa

Ayudas 

 

Cuadro-resumen

Características del Programa de Rehabilitación Individualizada de Viviendas
Actuaciones de rehabilitación en viviendas.
Los propietarios y/o inquilinos que lo soliciten no pueden tener ingresos anuales superiores a 5,5 veces el IPREM.
El presupuesto máximo protegido será de 73.222€
Subvención de hasta un 25% del Presupuesto Protegible hasta un máximo 3.000 € si estás por debajo de 3,5 veces el IPREM
Subvención de hasta un 40% del Presupuesto Protegible hasta un máximo 4.800 €, cuando los ingresos no excedan de 2,5 veces el IPREM, o la persona sea mayor de 65 años o con discapacidad, o cuando se actúe sobre viviendas desocupadas y se destinen al alquiler tras su rehabilitación.
Préstamo cualificado,  por un importe máximo de la cantidad que resulte de deducir el importe de la subvención del presupuesto protegible, cuando los ingrsos no sean superiores a de 5,5 veces el IPREM.

 

En qué consiste

El objeto de este programa es facilitar la financiación para realizar actuaciones de rehabilitación en viviendas.
 

Este programa se regula en la Sección 4ª del Capítulo VII del Título II, del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, aprobado mediante el Decreto 395/2008 de 24 de junio, y en en su redacción dada en el Texto Integrado del mismo, aprobado en la Orden de 7 de julio de 2009 y en la Orden de 26 de enero de 2010 de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado 2008-2012  y en la Orden de 9 de noviembre de 2011, por la que se modifica la Orden de 26 de enero de 2010, de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 y se realiza la convocatoria pública de ayudas a personas inquilinas para el año 2011.

 

A quién va dirigido

El programa se dirige a propietarios y/o inquilinos cuyos ingresos anuales no excedan 5,5 veces el IPREM. 

 

Condiciones y requisitos particulares del Programa 

  • La persona que promueve la actuación debe ser la propietaria de la vivienda o arrendataria con autorización.
  • Sus ingresos familiares no serán superiores a 5,5 veces el IPREM.
  • El presupuesto máximo protegido será hasta 73.222 € (equivalente a: Superficie útil (hasta 120 m2) x 50% del Precio Máximo Venta Viviendas Protegidas Régimen Especial).

 

Ayudas

 Las personas beneficiarias de este programa percibirán:

  • Se podrá solicitar una subvención de hasta un 25% del Presupuesto Protegible (como máximo 3.000 €), cuando los ingresos familiares no excedan de 3,5 veces el IPREM.
  • Se podrá solicitar una subvención de hasta un 40% del Presupuesto Protegible (como máximo 4.800 €), cuando los ingresos familiares no excedan de 2,5 veces el IPREM, o la persona sea mayor de 65 años o con discapacidad.
  • Se podrá solicitar un préstamo cualificado por un importe máximo de la cantidad que resulte de deducir el importe de la subvención del presupuesto protegible, cuando los ingresos familiares no excedan de 5,5 veces el IPREM.

 

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