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Adecuación Funcional Básica de Viviendas

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Cuadro-resumen

En qué consiste

Condiciones y requisitos

Ayudas

 

 

Cuadro-resumen

Características del Programa Adecuación Funcional Básica de Viviendas
Las ayudas consistirán en la subvención de una cuantía de hasta el 70% del presupuesto de las obras hasta un ma´ximo de 2.000 € y de la asistencia técnica, hasta un 70% de su coste con un máximo de 700 €,si ésta fuera necesaria
Serán beneficiarios de estas ayudas los titulares de la Tarjeta Andalucía-Junta Sesentaycinco, o personas que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 40% y movilidad reducida, o hayan sido valorados como dependientes en grado II o III, y que los  ingresos de la unidad familiar no superen 2,5 veces el Indicador Público de Renta de efectos Múltiples (IPREM).
No podrá obtenerse una segunda ayuda para la misma vivienda si no hubieran transcurrido, al menos, tres años desde la concesión de la primera.

 

En que consiste

Es un programa del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, cuyo objetivo fundamental es la concesión de subvenciones destinadas a sufragar el coste de las obras y, en su caso, de la asistencia técnica necesaria, para la adaptación o adecuación funcional y/o mejora de seguridad de algunos elementos de la vivienda habitual y permanente de personas mayores o personas con discapacidad y movilidad reducida.

Mediante este programa se podrán realizar las siguientes adaptaciones o mejoras:

  • Mejora de la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante.
  • Instalación de alumbrado conmutado en el dormitorio u otro espacio de la vivienda que así lo requiera para su utilización por la persona solicitante.
  • Mejora de la seguridad y adecuación de la instalación de gas a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante, así como la dotación de elementos de fácil y segura manipulación.
  • Adecuación del ancho de puerta, así como la eliminación de otras barreras arquitectónicas. (por ejemplo rampas)
  • En los cuartos de baño, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros, y adecuación de los sanitarios y grifería a las necesidades de la persona solicitante.
  • Colocación de pasamanos en pasillos.
  • Cualquier otra obra y elementos de similar naturaleza que contribuyan a la eficaz adecuación de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante.

 

Condiciones y requisitos

Podrán beneficiarse de la subvención, las personas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser titular de la Tarjeta Andalucía-Junta sesentaycinco o tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 40% y movilidad reducida o hayan sido valorados como dependientes en grado II o III.
  • Que los ingresos de la unidad familiar de la persona solicitante no superen 2,5 veces el IPREM . (Calculado conforme a lo establecido en el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo).
  • Residir, de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de las mejoras.
     

Ayudas

  • La Junta de Andalucía pagará el 70% del coste de las obras hasta un presupuesto máximo de 2000 € incluidos los impuestos y tasas Municipales (aunque las obras podrán superar esta cantidad). 
  •  Si la reforma lo requiere y en el caso de que fuera preceptivo la intervención de un profesional cualificado,  la Junta de Andalucía también pagará el 70% de sus honorarios siempre con un presupuesto máximo de 600 €.
  •  Las personas que soliciten esta subvención no deberían haber recibido subvención de este mismo programa durante los últimos tres años.  
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