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Entidades de control de calidad

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construccion

Son entidades de control de calidad de la construcción y obra pública, aquellas capacitadas para prestar asistencia técnica en la verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y de la ejecución de la obra y sus instalaciones, de acuerdo con el proyecto y la normativa aplicable.

Las entidades que tengan domicilio social o profesional y establecimiento físico en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el ejercicio de su actividad deberán presentar una declaración responsable, ante la Consejería de Fomento y Vivienda, en la que se declare que cumple con los requisitos exigidos reglamentariamente que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante toda la vigencia de la actividad.

Son obligaciones de las entidades de control:

- Prestar asistencia técnica y entregar los resultados de su actividad al agente autor del encargo, y en todo caso, al responsable técnico de la recepción y aceptación de los resultados de la asistencia, ya sea el director de la ejecución de las obras, o el agente que corresponda en las fases del proyecto, la ejecución de las obras y la vida útil del edificio.

- Justificar que tienen implantado un sistema de gestión de la calidad que define los procedimientos y métodos de inspección que utiliza en su actividad y que cuenta con capacidad, personal, medios y equipos adecuados.

 

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