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Para encauzar las iniciativas I+D en el sector de la arquitectura y la edificación, la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, a través de la Secretaría General de Vivienda, ampara y apoya el desarrollo de actividades de investigación en materia de vivienda y arquitectura mediante la concesión de subvenciones, tal y como se establece en la Orden de 3 de marzo de 2009.
Los proyectos de investigación que puedan ser ejemplo de transferencia tecnológica inmediata, es decir, que puedan tener aplicación práctica directa, bien en las políticas de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, bien en las actividades del tejido social y empresarial andaluz.
Todo ello con los contenidos específicos que se establecen en la exposición de motivos de la Orden de 3 de marzo de 2009.
60.101,00 €
Las subvenciones podrán solicitarlas tanto personas físicas como jurídicas, públicas o privadas, siempre que no incurran en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 5.2. de la Orden de 3 de marzo de 2009.
En el Registro General de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, sito en la Avda. Diego Martínez Barrio nº 10 de Sevilla; en el de sus Delegaciones Provinciales o utilizando cualquiera de los restantes medios contemplados en el art. 38.4 de la Ley /1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El modelo de solicitud aparece publicado junto con la Orden de 3 de marzo de 2009, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 55 de 20 de marzo de 2009.
Está presidida por el titular de la Secretaría General de Vivienda, e integrada por representantes del sector público, del sector privado y de los Colegios Profesionales relacionados con la vivienda y la arquitectura. Será la encargada de evaluar las solicitudes conforme a los criterios recogidos en el artículo 12 de la Orden de 3 de marzo de 2009, y de elevar la propuesta de concesión al titular de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, que resolverá mediante Orden sobre la concesión o denegación de la subvención, y su cuantía.
RESOLUCIÓN: BOJA nº 235 de 2 de diciembre de 2009
BASES: BOJAnº 55 de 20 de marzo de 2009