CONDICIÓN AGENTE COLABORADOR: ¿Es necesario que el Agente Colaborador adjunte informe favorable a la hora de incluir la vivienda a través del portal informático?
El Agente Colaborador es el responsable de comprobar el cumplimiento de los requisitos de vivienda y de la persona arrendataria y de que la acreditación de los mismos sea suficiente. El hecho de la presentación de la solicitud telemática ante la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio implica la emisión del informe favorable que establece la Orden de regulación del programa.