Voto por correo

Las personas que lo deseen pueden emitir su voto por correo con los requisitos siguientes:

a) Solicitará a la Delegación de la Oficina del Censo Electoral de su provincia, a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el 29 de febrero si la solicitud se hace en el territorio de  Andalucía, un certificado de inscripción en el Censo. Dicha solicitud se formulará ante cualquier oficina del Servicio de Correos. Si la solicitud se hace en una Oficina de Correos fuera del ámbito territorial de Andalucía, el plazo máximo es el día 28 de febrero.

b) La solicitud deberá formularse personalmente. El personal de correos exigirá al interesado la exhibición del Documento Nacional de Identidad y comprobará la coincidencia de la firma. En ningún caso se admitirá a estos efectos fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

c) La Oficina del Censo Electoral remitirá a la persona interesada por correo certificado, al domicilio por ella indicado, la siguiente documentación:

  • Certificado de inscripción en el Censo.
  • Sobre dirigido a la Mesa electoral donde le corresponda votar.
  • Sobre de votación con el membrete “ELECCIONES AL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA 2008”.
  • Una papeleta de cada una de las candidaturas proclamadas en la provincia correspondiente.
  • Una hoja explicativa.

Este envío lo realizará la Oficina del Censo Electoral a partir del 18 de febrero y antes del 2 de marzo.

d) Una vez que la persona interesada haya escogido la papeleta de votación, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará. Incluirá el sobre de votación y el certificado de inscripción en el Censo en el sobre dirigido a la Mesa electoral, y lo remitirá por correo certificado, en todo caso antes del 6 de marzo. Este sobre no necesita franqueo. Legislación: Artículos 72 y 73 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General

EVOLUCIÓN DEL VOTO POR CORREO
  Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla Total
1986 4.007 4.366 6.663 9.425 5.786 9.817 10.396 6.978 57.438
1990 2.403 2.353 4.755 3.524 1.525 8.242 3.049 5.314 31.165
1994 4.472 5.105 6.251 5.617 2.388 10.017 5.835 7.650 47.335
1996 7.004 10.489 10.394 12.239 5.566 13.843 11.469 16.027 87.031
2000 5.998 9.512 9.092 11.271 4.541 12.104 9.194 12.982 74.694
2004 7.033 11.369 10.145 12.696 5.822 13.181 11.388 16.753 88.387

 

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