Procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio

¿QUIÉN PUEDE UTILIZAR ESTE PROCEDIMIENTO?

  1. Personas con discapacidad visual que conozcan el sistema de lecto-escritura Braille y
  2. Que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33% o sean afiliados a la ONCE.

La utilización de este procedimiento es voluntaria, de modo que aquellas personas que lo deseen podrán seguir siendo asistidas de una persona de su confianza, tal y como prevé el artículo 87.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

¿CÓMO UTILIZAR ESTE PROCEDIMIENTO?

Merced a un acuerdo entre la Junta de Andalucía y el Ministerio del Interior, para facilitar el procedimiento y habida cuenta de la concurrencia simultánea de las Elecciones a Cortes Generales y al Parlamento de Andalucía, el procedimiento en esta ocasión de las elecciones de marzo de 2008, tanto para votar en las Elecciones a Cortes Generales como al Parlamento de Andalucía, el procedimiento de voto para personas con discapacidad visual se inicia con una comunicación expresa al Ministerio del Interior en un plazo de 27 días a contar desde la convocatoria del proceso.

En las próximas Elecciones de marzo de 2008, esta comunicación deberá realizarse entre los días 15 de enero y 11 de febrero 2008 a través del teléfono gratuito 900 150 000.

Los electores deberán indicar en su comunicación: nombre, apellidos, domicilio, DNI y número de teléfono de contacto. Además, deben manifestar que conocen el sistema de lecto-escritura Braille y que tienen reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33% o que son afiliados a la ONCE.

La Administración podrá requerir en cualquier momento la verificación de estos datos.

¿EN QUÉ CONSISTE EL PROCEDIMIENTO DE VOTO ACCESIBLE?

El procedimiento de voto accesible consiste en la utilización de papeletas y sobres de votación normalizados a los que se acompaña una documentación complementaria en Braille que permitirá la identificación de la opción de voto con garantías de autonomía y, por lo tanto, de secreto del sufragio.

La documentación complementaria en Braille consiste en que cada una de las papeletas normalizadas se encontrará dentro de un sobre en el que, en tinta y Braille, se indicará la candidatura a la que corresponde.

Las traducciones al sistema braille serán controladas por la Comisión Braille Española y todo el procedimiento será supervisado por la Administración Electoral.

EL DÍA DE LA VOTACIÓN

La persona interesada que haya comunicado su intención de utilizar el procedimiento de voto accesible acudirá el día de la votación a la Mesa electoral en la que le corresponda ejercer su derecho de sufragio.

Allí, previa identificación y comprobación de la formulación de su comunicación, la Mesa le hará entrega de un sobre en el que, en tinta y lenguaje Braille, se indica el proceso electoral al que corresponde.

Una vez recogida la documentación, estas personas podrán dirigirse a los espacios habilitados al efecto en los locales electorales para el manejo de la documentación electoral con la debida privacidad. Para ello podrá solicitar que los miembros de la Mesa le acompañen. Si no pudieran, podrá acompañarle el Representante de la Administración o los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad presentes en el Colegio Electoral.

Una vez identificada la opción de voto e introducida la papeleta en el sobre de votación (en el caso de celebración de varios procesos electorales, tantas papeletas y sobres como procesos se celebren), la persona discapacitada en cuestión se dirigirá nuevamente a la Mesa electoral y hará entrega de su voto a la Presidencia de la mesa para su introducción en la urna electoral.

EN LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA DE 2008 ¿QUÉ LES SERÁ ENTREGADO EN LA MESA ELECTORAL A LOS ELECTORES QUIENES HAYAN COMUNICADO SU INTENCIÓN DE UTILIZAR ESTE PROCEDIMIENTO?

La Mesa electoral entregará a estas personas un sobre en el que, en tinta y lenguaje braille, se indica el proceso electoral al que corresponde (“Elecciones Parlamento de Andalucía 2008).

En su interior, se encontrará:

  • Una hoja explicativa en tinta y Braille.
  • Un sobre en el que, en tinta y en Braille, se indica que contiene la documentación necesaria para el voto al Parlamento de Andalucía

La documentación para el voto al Parlamento de Andalucía consiste en lo siguiente:

  • Un sobre de votación normalizado.
  • Tantos sobres como candidaturas, en los que se indicará, en tinta y en Braille, las papeletas normalizadas que contienen.

¿CÓMO UTILIZAR ESTA DOCUMENTACIÓN?

Se deberán deberá leer las instrucciones que se incluyen en la documentación y, a continuación, seleccionar su opción de voto.

En el caso de la elección al Parlamento de Andalucía, tras identificar la papeleta correspondiente a la candidatura a la que desea otorgar su voto, la introducirá en el sobre de votación normalizado.

INFORMACIÓN SOBRE LAS CANDIDATURAS:

 La información sobre las candidaturas proclamadas se realizará una vez que sean publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el día 12 de febrero de 2008.

La Información sobre las candidaturas  estará disponible por varios canales,  en formato accesible se ofrecerá a través del teléfono gratuito 900 2008 03 y de la web electoral de la Junta de Andalucía www.eleccionesandalucia2008.es

Teléfono de atención al ciudadano 900 2008 03 Candidaturas presentadas SMS Procedimiento de voto accesible Votantes temporalmente ausentes
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