Actividades de Formación Permanente del Personal Docente por Instituciones Púb. y Entidades sin Animo de Lucro Subvencionadas por la Consejería de Educación, Conveniadas y las realizadas por las Universidades Andaluzas: Reconocmto, Inscripc. y Certificac
LO PUEDES TRAMITAR:
Proceso de reconocimeinto e inscripción de actividades de formación organizadas y convocadas por instituciones públicas o entidades sin ánimo de lucro que hayan sido subvencionadas a tal fin por la Consejería de Educación, las que se realicen al amparo de Convenios de colaboración suscritos entre ambas partes y las realizadas por las Universidades andaluzas.
Se considera actividad de formación permanente del profesorado aquélla cuyo objetivo es contribuir a la mejora de las prácticas educativas, a promover la conciencia profesional docente y el desarrollo autónomo del profesorado, a producir conocimiento educativo y a construir comunidad de aprendizaje y educación.
La inscripción de una actividad en el Registro de Actividades de Formación Permanente dará derecho a la emisión de certificados de participación al profesorado que hubiera asistido de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 y siguientes de la Orden de 16 de octubre de 2006 de la Consejería de Educación, que puede consultarse en el apartado "Normativa".
Artículo 2 y 3 de la Orden de 16 de octubre de 2006 de la Consejería de Educación; el artículo 3 con la redacción dada por el apartado uno del artículo único de la Orden de 16 de diciembre de 2008, de la misma Consejería.
Apartado uno del artículo único de la Orden de 16 de diciembre de 2008 de la Consejería de Educación.
Reconocimiento de actividades de formación permanente del profesorado. Solicitud. Anexo I.
Artículo 12.2 de la Orden de 16 de octubre de 2006 de la Consejería de Educación, con la redacción dada por el apartado diez del artículo único de la Orden de 16 de diciembre de 2008, de la misma Consejería.
Apartado diez del artículo único de la Orden de 16 de diciembre de 2008 de la Consejería de Educación.
Órgano competente en materia: Dirección General de Participación y Equidad
Órgano que resuelve: Dirección General de Participación y Equidad
Órgano que tramita: Dirección General de Participación y Equidad
Finalización: 30/11/2006
Para la primera convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de noviembre de 2006 para las actividades que se realicen entre los meses de enero y junio del año siguiente.
En un plazo no superior a 90 días naturales posteriores a la finalización de la actividad.
Para la presentación de solicitudes se establecen dos períodos:a) Del 1 al 15 de noviembre para las actividades que se realicen entre los meses de enero y junio del año siguiente.b) Del 1 al 15 de mayo para las actividades que se realicen entre los meses de julio y diciembre del mismo año.


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