Prestación Asistencial Dental a la Población de 6 a 15 Años de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Facturación
LO PUEDES TRAMITAR:
Establecimiento del procedimiento electrónico de presentación de facturas de consultas y clínicas dentales contratadas para la prestación de la asistencia dental a la población de 6 a 15 años.
Las actuaciones susceptibles de llevarse a cabo por los dentistas que suscriban conciertos para la prestación asistencial dental regulada por el Decreto 281/2001, de 26 de diciembre, son:
a) La facturación de los servicios de asistencia dental prestados a la población comprendida en el ámbito de aplicación del Decreto 281/2001, de 26 de diciembre.
b) Consulta sobre la información y datos administrativos existentes en la aplicación.
c) Comunicaciones con la Delegación Provincial correspondiente para la autorización previa a la realización de los tratamientos especiales en los que se ha establecido precio específico.
El procedimiento electrónico de presentación de facturas es de obligado cumplimiento por parte de las consultas o clínicas dentales contratadas y por dentistas privados habilitados y contratados para la prestación asistencial dental, no pudiendo la persona interesada practicar actuaciones o trámites a través de otros sistemas distintos al telemático.
Las actuaciones se realizarán a través del portal de la Administración de la Junta de Andalucía http://www.andaluciajunta.es y de la Consejería de Salud, que permitirán acceder al sistema y al área personal de cada dentista.


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