Entidades Locales y Consorcios: Inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales , Modificación y Cancelación
Para las inscripciones: el plazo para lasolicitud de inscripción será de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se le hubiese comunicado al Registro Andaluz de Entidades Locales, el acuerdo de creación de la entidad local.
LO PUEDES TRAMITAR:
Las entidades locales y Consorcios deberán inscribirse en el Registro Andaluz de Entidades Locales como instrumento oficial y público de constancia de la existencia de las entidades locales radicadas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de los datos más relevantes de la conformación física y jurídica de aquéllas.
Sin perjuicio del debido archivo y custodia de la documentación en papel que sirva de base a las inscripciones, modificaciones o cancelaciones, el Registro se instalará en soporte informático al objeto de facilitar el intercambio de información entre las entidades locales y la Administración de la Junta de Andalucía, la accesibilidad de los datos, la eficacia y la transparencia administrativas y el cumplimiento de los deberes de colaboración informativa en forma coordinada y descentralizada.
El Registro Andaluz de Entidades Locales depende de la Dirección General competente sobre Régimen Local, en cuyas dependencias radicará el archivo de la documentación que sirva de base a las inscripciones, modificaciones de datos y cancelaciones.
Artículo 4 de la Orden de 17 de septiembre de 2010 de la Consejería de Gobernación
Artículos 117 y 118 del Decreto 185/2005, para la cancelación de inscripciones.
Artículos 115 y 116 del Decreto 185/2005, para la modificación de los datos registrales.
Artículos 110 y 111 del Decreto 185/2005, para la inscripción.
Adopción, modificación o rehabilitación de símbolos de las Entidades Locales de Andalucía y su inscripción en el registro andaluz de Entidades Loclaes. Solicitud. Anexo III.
Constitución de mancomunidades y consorcios. Solicitud. Anexo IV.
Declaración de urgentes ocupación de bienes y derechos afectados por expropiación forzosa. Solicitud. Anexo V.
Registro Andaluz de Entidades Locales. Inscripción de Entidades y sus datos registrales. Anexo I.
Registro Andaluz de Entidades Locales. Modificación de datos registrales. Anexo II.
Nº de inscripción: 1719 / A02D
Registro Andaluz de Entidades Locales. Cancelación de inscripción. Anexo III.
Artículos 16, 18.2 (modificación a instancia de la Entidad Local o del Consorcio) y 21 (cancelación a instancia de la entidad local) de la Orden de 17 de septiembre de 2010 de la Consejería de Gobernación.
Órgano competente en materia: Dirección General de Administración Local
Órgano que tramita: Dirección General de Administración Local


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