Transportes Terrestre de Viajeros y Mercancías y Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte por Carretera: Capacitación Profesional
19/02/2013
- 20/03/2013
30 días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de la Resolución de 11 de febrero de 2013, de la DG de Movilidad (BOJA nº 34, de 18 de febrero de 2013).
LO PUEDES TRAMITAR:
De acuerdo con la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, para el ejercicio de las actividades siguientes es necesario acreditar el cumplimiento del requisito de la capacitación profesional, correspondiendo a la Comunidad Autónoma de Andalucía la convocatoria de las pruebas de capacitación en su ámbito :
1.º Transporte interior e internacional de viajeros.
2.º Transporte interior e internacional de mercancías.
Los aspirantes a la obtención del certificado de competencia profesional deberán superar un ejercicio que versará sobre el contenido de las materias que quedan detalladas en el Anexo B (Grupos I y II, según se trate, respectivamente, de la modalidad correspondiente al transporte de mercancías o al de viajeros) de la Orden de 28 de mayo de 1999 (Boletín Oficial del Estado del día 11 de junio de 1999).
El ejercicio constará de dos partes:
La primera parte consistirá en contestar 100 preguntas tipo «test», cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas. La contestación deberá realizarse siguiendo las instrucciones señaladas en la hoja de respuestas para facilitar la corrección automatizada.
La segunda parte consistirá en resolver seis supuestos prácticos que requieran la aplicación de las materias del programa a casos concretos.
La presentación de la solicitud y el pago de la tasa podrán realizarse a través de Internet.A quienes opten por el pago telemático de la tasa se les aplicará una bonificación de 3 euros sobre su importe.
Se convocan para el 2013, pruebas de constatación de la competencia profesional para el ejercicio de las actividades siguientes:
1.º Transporte de viajeros por carretera.
2.º Transporte de mercancías por carretera.
Quienes pretendan obtener la competencia profesional necesaria para el ejercicio de las actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera deberán examinarse del grupo de materias relativas a la programación de mercancías por carretera.
Base Cuarta de la Resolución de 11 de febrero de 2013, de la DG de Movilidad.
Acceso a pruebas de competencia profesional. Transporte de mercancías por carretera y transporte de viajeros por carretera. Solicitud. Anexo.
Órgano competente en materia: Dirección General de Movilidad
Órgano que tramita: Delegaciones Territoriales de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio


| AYUDA | ACCESIBILIDAD | POLÍTICA DE PRIVACIDAD | LEGAL | MAPA DEL SITIO | RSS |