Flexibilizacion del Periodo de Escolarizacion Obligatoria: Autorizacion
LO PUEDES TRAMITAR:
Autorizar la flexibilización, con carácter excepcional, de la duración del período de escolarización obligatoria de los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones personales de sobredotación intelectual.Pudiendo consistir en la anticipación del inicio de la escolarización obligatoria o en la reducción de la duración de un ciclo educativo.
Artículo 4.1 de la Orden 1 de agosto de 1996 de la Consejería de Educación y Ciencia.
Artículo 4.2 de la Orden 1 de agosto de 1996 de la Consejería de Educación y Ciencia.
Órgano competente en materia: Dirección General de Planificación y Centros
Órgano que resuelve: Dirección General de Planificación y Centros
Órgano que tramita: Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte


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