Ampliación del Horario de los Centros Docentes : Autorización
Remisión de la solicitud a la Delegación de Educación, junto con la documentación, antes del 20 de junio de cada año.
LO PUEDES TRAMITAR:
Las instalaciones deportivas y recreativas de los colegios de educación infantil y primaria y de los institutos de educación secundaria, así como otras que lo permitan, en tanto que no se perjudique el normal funcionamiento y la seguridad de los centros, podrán permanecer abiertas para su uso público hasta las 20.00 horas en los días lectivos y de 8.00 a 20.00 horas, durante los días no lectivos del año, a excepción del mes de agosto.
Para ello, es necesario que los proyectos con las acitividades a realizar sean autorizados mediante este procedimiento.
Artículo 16 de la Orden de 3 de agosto de 2010 de la Consejería de Educación
Artículo 16 de la Orden de 3 de agosto de 2010 de la Consejería de Educación
Órgano competente en materia: Dirección General de Planificación y Centros
Órgano que resuelve: Dirección General de Planificación y Centros
Órgano que tramita: Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte


| AYUDA | ACCESIBILIDAD | POLÍTICA DE PRIVACIDAD | LEGAL | MAPA DEL SITIO | RSS |