Licencias por Estudios, Investigación, Cursos y Estancias en el Extranjero y Estancias en Centros de Trabajo para Profesores de Centros Públicos
10/02/2012
- 09/03/2012
Curso escolar 2012/13: un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación de la Resolución de 23 de enero de 2012, de la DG de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos (BOJA nº 27, de 9 de febrero).
LO PUEDES TRAMITAR:
(De acuerdo con el "Plazo de Solicitud")
Concesión de licencias por estudios, investigación, cursos y estancias en el extranjero y estancias en centros de trabajo.
Las licencias que se concedan serán de cuatro modalidades:
a) Licencias A, para finalizar tesis doctorales o para realizar estancias o proyectos de estudios o investigación en instituciones o centros públicos o privados de España o el extranjero de reconocido prestigio innovador. Serán totalmente retribuidas o no retribuidas y su duración podrá ser de tres, seis o doce meses.
b) Licencias B, para finalizar estudios universitarios de diplomatura, licenciatura o postgrado. Serán parcialmente retribuidas, con el 50 %, o totalmente retribuidas si en la solicitud se hace constar que compatibiliza los estudios objeto de esta licencia con el desempeño parcial de la actividad docente, suponiendo una reducción de jornada del 50%, o no retribuidas. En todos los casos, su duración podrá ser de tres, seis o doce meses.
c) Licencias C, para realizar cursos o estancias tuteladas en centros educativos del extranjero con el propósito de mejorar las competencias lingüísticas y comunicativas en las siguientes lenguas de la Unión Europea: francesa, inglesa, alemana, italiana y portuguesa, así como de actualizar los distintos aspectos didáctico-pedagógicos relacionados con el proceso enseñanza-aprendizaje de los contenidos lingüísticos y extralingüísticos refer
d) Licencias D, para realizar estancias en empresas ubicadas en España o el extranjero y dirigidas a mejorar la capacitación del profesorado de formación profesional y enseñanzas artísticas en nuevas técnicas, avances tecnológicos y procesos productivos relacionados con el sector productivo de su especialidad, que redunden en beneficio de la práctica docente. Serán totalmente retribuidas o no retribuidas y su duración podrá ser de uno, tres o seis meses.
Artículos 3 y 4 de la Orden de 18 de junio de 2008 de la Consejería de Educación.
Licencias por estudios, investigación, cursos y estancias en el extranjero para funcionarios dependientes de la Consejería de Educación. Solicitud. Anexo II.
Artículo 6 de la Orden de 18 de junio de 2008 de la Consejería de Educación.
Órgano competente en materia: Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa
Órgano que resuelve: Dirección General de Participación y Equidad
Órgano que tramita: Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa
6 Meses
Contados a partir del día siguiente al de la publicación de la oferta.


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