Carné para las Actividades Relacionadas con la Utilización de Productos Fitosanitarios y Biocidas
01/01/2013
- 31/12/2013
Se podrá presentar a lo largo del año natural.
LO PUEDES TRAMITAR:
Expedición del carné que deben poseer las personas que desarrollen actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios y de biocidas para la higiene veterinaria, de uso ambiental o de uso en la industria alimentaria, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las personas que obtengan el carné de manipulador de productos fitosanitarios o el carné de aplicador de biocidas para la higiene veterinaria, serán inscritas de oficio en el Registro Andaluz de Personas Manipuladoras de Productos Fitosanitarios y de Biocidas para la Higiene Veterinaria.
Expedición del carné de manipulador de productos fitosanitarios y de aplicador de biocidas para la higiene veterinaria. Solicitud.
Artículo 5.1 del Decreto 161/2007, 5 de junio, con la redacción dada por el Decreto63/2012, de 13 de marzo.
Artículo 3 de la Orden de 15 de abril de 2008 de la Consejería de Agricultura y Pesca, con la redacción dada en su párrafo 1 y 4 del artículo 3 de la Orden 12 de junio de 2012 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.
Artículo 3 de la Orden de 15 de abril de 2008 de la Consejería de Agricultura y Pesca.
Artículo 5 del Decreto 161/2007, de 5 de junio.
Artículo 41(renovación) de la Orden de 12 de junio de 2012 de la Consejería de Agricultura , Pesca y Medio Ambiente.
Órgano competente en materia: Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera
Órgano que resuelve: Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente
Órgano que tramita: Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente
3 Meses
Contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
Silencio administrativo: Estimatorio


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