Préstamos Bonificados con Cargo al Fondo Financiero para la Modernización de Infraestructuras Turístico
LO PUEDES TRAMITAR:
Convocatoria, para el ejercicio 2012, de la línea de préstamos bonificados con cargo al Fondo Financiero para la Modernización de Infraestructuras Turísticas (FOMIT), para colaborar financieramente con los planes y proyectos de renovación y modernización de destinos turísticos maduros.
A estos efectos, tendrán la consideración de destinos turísticos maduros, en atención a los recursos turísticos y oferta turística reglada de que dispongan, los que reúnan al menos tres de las siguientes características:
a) Sobrecarga urbanística y ambiental.
b) Sobreexplotación de recursos.
c) Obsolescencia de sus equipamientos turísticos.
d) Escasa inversión del sector turístico privado.
e) Oferta y demanda turística estabilizada o decreciente.
Constituye el objeto de la presente convocatoria la concesión de préstamos que tengan por finalidad la realización de los proyectos subvencionables contemplados en el artículo sexto de la Orden de 24 de abril de 2012 (ver en el apartado normativa).
Con cargo al FOMIT podrán ser objeto de financiación los planes de renovación y modernización de destinos turísticos maduros que se desarrollen paralelamente por las Administraciones locales y por las empresas turísticas privadas.
Los proyectos de inversiones públicas desarrollados por una entidad local, en su ámbito territorial, serán financiables siempre que en dicho ámbito, y de conformidad con el artículo sexto de esta Orden, existan inversiones del sector turístico privado que se desarrollen paralelamente a las públicas y cuya cuantía neta represente como mínimo el 30 por ciento del importe que se pretende financiar.
Únicamente serán computables las inversiones del sector turístico privado cuya ejecución no esté finalizada y se hayan iniciado a partir del 1 de enero de 2011.
Artículo 3 de la Orden de 24 de abril de 2012 de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
Línea de préstamos bonificados con cargo al fondo financiero para la modernización de infraestructuras turísticas (FOMT). Anexo FOMIT.
Artículo 8 de la Orden de 24 de abril de 2012 de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
Órgano competente en materia: Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo
Órgano que resuelve: Titular de la Consejería de Turismo y Comercio
Silencio administrativo: Desestimatorio
15/05/2012
- 15/06/2012
Desde el día siguiente al de publicación de la Orden de 24 de abril de 2012 (BOJA nº 93, de 14 de mayo) y finalizará el 15 de junio de 2011, ambos inclusive.
15/06/2012
- 30/06/2012
Ampliación del plazo de presentación de solicitudes mediante Orden de 8 de junio de 2012 (BOJA nº 120, de 20 de junio) hasta el 30 de junio incluído.


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