Educación Permanente en los Centros Docentes Públicos (no Universitarios) de Personas Adultas en las Modalidades Presencial y Semipresencial: Admisión y Matriculación
LO PUEDES TRAMITAR:
La educación permanente de personas adultas corresponden a las siguientes enseñanzas:
a) Los siguientes planes educativos:
1) Plan educativo de formación básica.
2) Planes educativos de preparación para la obtención de titulaciones del sistema educativo.
3) Planes educativos para el acceso a otros niveles del sistema educativo.
4) Planes educativos para el fomento de la ciudadanía activa.
5) Otros planes educativos, en su caso, autorizados por la Dirección General competente en materia de educación permanente.
b) La educación secundaria obligatoria para personas adultas.
c) El bachillerato para personas adultas.
En aquellos centros donde hubiera plazas escolares suficientes serán admitidas todas las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos de acceso a la enseñanza que corresponda.
En ningún caso habrá discriminación en la admisión del alumnado por razón de nacimiento, raza, sexo, religión u opinión. Asimismo, no podrá exigirse la formulación de declaraciones que puedan afectar a la intimidad, creencias o convicciones de las personas solicitantes.
En todos los planes educativos sólo se realizará un proceso de matriculación y se tramitará en un solo centro. La matriculación en cada plan educativo solicitado estará supeditada a la disponibilidad de las plazas escolares en el mismo.
En las enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato para personas adultas los procesos de admisión y matriculación se realizarán por ámbitos de conocimientos o materias en un solo centro para las modalidades objeto de la presente Orden, autorizadas al mismo.
Sólo se podrá solicitar la admisión para un mismo ámbito o materia en una modalidad de enseñanza: presencial, semipresencial o a distancia.
Se podrán solicitar diferentes ámbitos o materias en las modalidades presencial o semipresencial siempre que ambas modalidades estén autorizadas y se impartan en un mismo centro.
Artículos de 3, 19 y Disposición Adicional Primera (requisitos de acceso a la educación secundaria obligatoria para personas adultas) de la Orden de 25 de mayo de 2012 de la Consejería de Educación.
Admisión educación secundaria obligatoria para personas adultas. Solicitud. Anexo I.
Admisión bachillerato para personas adultas. Matrícula. Anexo II
Nº de inscripción: 2020 / A02D
Educación secundaria obligatoria para personas adultas. Matrícula. Anexo III.
Nº de inscripción: 2020 / A03D
Bachillerato para personas adultas. Matrícula. Anexo IV.
Nº de inscripción: 2020 / A04D
Matriculación planes educativos para personas adultas (I). Solicitud. Anexo V.
Artículos 10 (acreditación de la edad de la persona solicitante), 11(acreditación de la renta de la unidad familiar), 12(acreditación de estar sujetos a medidas judiciales de privación de libertad), 14 (acreditación de discapacidad), 15 (acreditación de la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento) y 16 (acreditación de la titulación académica) de la Orden de 25 de mayo de 2012 de la Consejería de Educación.
Las solicitudes de matriculación presentadas en el mes de junio fuera del plazo establecido se atenderán por orden de llegada, en su caso, para aquellos planes educativos que, una vez publicadas las relaciones provisionales cuenten con plazas escolares vacantes. Las personas que resulten matriculadas se incorporarán a las relaciones definitivas.
16/06/2012
- 25/06/2012
Curso escolar 2012/2013: El período de presentación de solicitudes de admisión para las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para personas adultas será de diez días naturales a partir del día siguiente al de publicación de la Orden de 25 de mayo de 2012 (BOJA nº 117, 15 de junio).
16/06/2012
- 25/06/2012
Curso escolar 2012/2013: el plazo de matriculación en planes educativos será de díez días naturales a partir de la publicación de la Orden de 25 de mayo de 2012 (BOJA nº 117, de 15 de junio).
01/06/2013
- 15/06/2013
El plazo de presentación de solicitudes de admisión en los centros docentes, para educación secundaria obligatoria y bachillerato para personas adultas, será el comprendido entre el 1 y el 15 de junio de cada año.
01/06/2013
- 15/06/2013
El plazo de matriculación en planes educativos será el comprendido entre el día 1 y el 15 de junio de cada año
01/07/2013
- 10/07/2013
El plazo de matriculación de educación secundaria obligatoria y bachillerato para personas adultas será el comprendido entre los días 1 y 10 de julio de cada año.
01/09/2013
- 15/10/2013
En el supuesto de que existieran plazas escolares vacantes se habilitará procedimiento extraordinario que tendrá lugar desde el 1 de septiembre al 15 de octubre de cada año. En tal caso, la dirección de los centros docentes públicos procederá a la matriculación de las personas interesadas, por orden de llegada.


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