Secretaría General para la Administración Pública
Dª. Lidia Sánchez Milán
Secretaria General para la Administración Pública
Dirección
Consejería de Hacienda y Administración Pública
C/ Alberto Lista, 16
41071, Sevilla
Teléfono: 955 06 50 00
Servicios
- Coordinadora General
- Inspección General de Servicios
- Servicio de Régimen Jurídico
Funciones
- La Secretaría General para la Administración Pública es el órgano de planificación del sector público de Junta de Andalucía, así como de dirección, impulso, coordinación y gestión de la política de organización y transformación continua de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales. Asimismo, le corresponde el impulso y coordinación de la atención a la ciudadanía; la simplificación y racionalización de los procedimientos administrativos; la inspección de los servicios de la Administración; el diseño y control de sus sistemas de calidad; la planificación y racionalización de los recursos humanos del sector público de la Junta de Andalucía; la definición de la política de formación en la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y las relaciones con las distintas Administraciones Públicas, entidades e instituciones en su ámbito de competencia.
- Igualmente, tiene atribuido el impulso de la política de diálogo con las organizaciones sindicales que representan los intereses del personal al servicio de la Administración autonómica.
- Asimismo, le competen las propuestas y la emisión de informes en relación con la creación, alteración y supresión de las entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía; el régimen jurídico y retributivo del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y el informe sobre los anteproyectos de ley y los proyectos de decreto que afecten al régimen de personal; la tramitación de los recursos administrativos, de las reclamaciones previas a la vía laboral y de los expedientes de revisión de oficio de actos nulos y la declaración de lesividad de actos anulables así como la responsabilidad patrimonial, todo ello en materia general de función pública.
- Le corresponde la función de velar e impulsar la aplicación práctica de la transversalidad de la perspectiva de género en la planificación de las actividades que sean de su competencia.
- Dependerá orgánica y funcionalmente de la Secretaría General para la Administración Pública la Inspección General de Servicios, que desempeñará las funciones atribuidas por el Decreto 314/2002, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, en las siguientes materias: personal, procedimiento, organización, informática y telemática, atención a la ciudadanía e incompatibilidades.
Asimismo, corresponderá a la Secretaría General para la Administración Pública el seguimiento y control del cumplimiento por los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía de la normativa vigente sobre protección de datos. - Dependerán orgánicamente de la Secretaría General para la Administración Pública la Dirección General de Planificación y Organización de los Servicios Públicos y de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública. Asimismo, le corresponde la dirección y coordinación del Instituto Andaluz de Administración Pública.