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Novedades - Revisión 2005

Durante el año 2005 se ha procedido fundamentalmente a la revisión de los bloques siguientes:

BLOQUE I: CONTRATACIÓN

La revisión ha afectado, en mayor o menor cuantía, a todos los contratos típicos y a los contratos patrimoniales. En general se han reordenado los trámites de forma secuencial de manera que se adecuen a las distintas fases del procedimiento.

En el caso de la guía I.1. EL CONTRATO DE OBRAS / I.1.2. CONTRATACIÓN CONJUNTA DE PROYECTO Y OBRAS (ART. 125 TRLCAP) se han distinguido dos procedimientos:

  • I.1.2.1. PROCEDIMIENTO ORDINARIO (ART. 125. 4 TRLCAP)
  • I.1.2.2. PROCEDIMIENTO ESPECIAL (ART. 125.5 TRLCAP)

    Diferenciando en este segundo caso las fases siguientes:

    1. FISCALIZACIÓN INICIAL DEL GASTO Y DEL COMPROMISO (SALVO CRÉDITO DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA)
    2. INTERVENCIÓN FORMAL DEL PAGO DE LA REDACCIÓN DEL PROYECTO
    3. FISCALIZACIÓN COMPLEMENTARIA DEL GASTO CORRESPONDIENTE A LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.
    4. INTERVENCIÓN FORMAL DEL PAGO DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

Además, junto con las certificaciones de obra en la fase de pago se incorpora la obligatoriedad de aportar las facturas:

  • C.1.2. Certificación original de obra autorizada por el Director de la misma y conformada por los servicios correspondientes del órgano gestor.
  • C.1.3. Factura original debidamente conformada.

En la guía de I.5. CONTRATOS PATRIMONIALES, adquisición o arrendamiento de Bienes Inmuebles, se ha distinguido si la contratación se realiza por concurso o por contratación directa.

A la guía I.6. PROCEDIMIENTOS COMUNES EN EL AMBITO DE CONTRATACIÓN, se han incorporado dos nuevas guías:

  • I.6.9. NULIDAD CONTRACTUAL
  • I.6.10. PRÓRROGAS DE CONTRATOS

BLOQUE II: SUBVENCIONES Y TRANSFERENCIAS

Con carácter general la entrada en vigor de la Ley de Subvenciones ha originado que a las guías sobre esa materia se le incorporen o modifiquen algunos trámites. Los más relevantes son:

  • A.1.7. Declaración responsable de que en el beneficiario no concurren las circunstancias previstas en el Art. 13 de la L.S. y en el art.29.1 Ley 3/2004. (4)
  • A.1.8 Acreditación del cumplimiento de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no existen deudas en período ejecutivo con la Comunidad Autónoma de Andalucía (1,4 y5)

A su vez, las Instrucciones Conjuntas 7/7/2004 y 2/2005, o el artículo 2 del reglamento (CE) 659/199 del Consejo, han motivado los trámites siguientes en las subvenciones nominativas o excepcionales respectivamente:

  • A.1.9. Cuando la subvención sea a favor de empresas, Decisión aprobatoria de la Comisión Europea de la ayuda individual, si procede (5).
  • A.1.10. Informe de la D.G. de Fondos Europeos en subvenciones cofinanciadas con fondos europeos cualquiera que sea el destinatario de las mismas.

BLOQUE VI: PROCEDIMIENTOS ESPECIALES

En este bloque solo se han revisado las guías siguientes:

  • VI.3 CONVALIDACIÓN DE GASTOS
  • VI.4 DISCREPANCIAS
  • VI.6. EJECUCIÓN DE SENTENCIAS

Por último anunciar que la Intervención General de la Junta de Andalucía tiene previsto en breve la presentación de las GUIAS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL directamente a través de página WEB, incorporando a las referencias normativas enlaces interactivos con una base de datos de legislación e informes diversos.

 

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