El Servicio de Ayuda a Domicilio lo constituye el conjunto de actuaciones preventivas, formativas, y rehabilitadoras llevadas a cabo por profesionales cualificados en el propio domicilio, con el objetivo de atender en las actividades básicas de la vida diaria que necesite la persona en situación de dependencia.
Actuaciones que ofrece el servicio.
Atención a las necesidades domésticas o del hogar:
En relación con la alimentación:
Preparación de alimentos en el domicilio.
Servicio de comida a domicilio.
Compra de alimentos con cargo a la persona usuaria.
En relación con el vestido:
Lavado de ropa en el domicilio y fuera del mismo.
Repaso y ordenación de ropa.
Planchado de ropa en el domicilio y fuera del mismo.
Compra de ropa con cargo a la persona usuaria.
En relación con el mantenimiento de la vivienda:
Limpieza cotidiana y general de la vivienda, salvo casos específicos de necesidad en los que dicha tarea será determinada por el personal técnico responsable del servicio.
Pequeñas tareas domésticas que realizaría la persona por sí misma en condiciones normales, y que no son objeto de otras profesiones.
Actuaciones de carácter personal:
Higiene personal:
Planificación y educación de hábitos de higiene.
Aseo e higiene personal.
Ayuda en el vestir.
Ingesta y hábitos alimentarios:
Ayuda o dar de comer y beber.
Control de la alimentación y educación sobre hábitos alimentarios.
Movilidad:
Ayuda para levantarse y acostarse.
Ayuda para realizar cambios posturales.
Ayuda para la movilidad dentro del hogar.
Cuidados especiales:
Apoyo en situaciones de incontinencia.
Orientación temporal y espacial.
Control de la administración del tratamiento médico en coordinación con los equipos de salud.
Asistencia y acompañamiento nocturnos (vela).
Ayuda en la vida familiar y social:
Acompañamiento dentro y fuera del domicilio.
Apoyo a la organización doméstica.
Actividades de ocio dentro del domicilio.
Actividades de fomento de la participación en su comunidad y en actividades de ocio y tiempo libre.
Ayuda a la adquisición y desarrollo de habilidades, capacidades y hábitos personales y de convivencia.
Intensidad del servicio.
La unidad de referencia básica se mide en horas de atención diaria, expresadas en cómputo mensual.
La intensidad del servicio se determina en el Programa Individual de Atención según el grado y nivel de dependencia reconocidos atendiendo a los criterios que aparecen en el siguiente cuadro:
GRADO Y NIVEL DE DEPENDENCIA
HORAS DE ATENCIÓN MENSUAL
GRADO III, NIVEL 2
Entre 70 y 90
GRADO III, NIVEL 1
Entre 55 y 70
GRADO II, NIVEL 2
Entre 40 y 55
GRADO II, NIVEL 1
Entre 30 y 40
Sólo en los casos en que la persona destinataria también sea usuaria del Servicio de Centro de Día, o en su defecto de la Prestación económica vinculada al mismo, la intensidad del servicio tiene como límite máximo 22 horas de atención mensual, considerada de lunes a viernes, con objeto de facilitarles la asistencia al centro.
Perfil de persona a la que está destinado.
Para poder solicitar el Servicio de Ayuda a Domicilio es necesario que la persona en situación de dependencia viva en un domicilio particular.
Régimen de compatibilidad.
El Servicio de Ayuda a Domicilio es compatible tanto con el Servicio de Teleasistencia, como con el Servicio de Centro de Día o la Prestación económica vinculada a éste, en aquellos casos que se determine.
Criterios de participación en su financiación.
La participación en la financiación del servicio por parte de la persona usuaria está condicionada por su capacidad económica personal en los términos previstos en las disposiciones vigentes.