Hasta su puesta en funcionamiento y de manera transitoria, en aplicación de la Disposición Transitoria Única del Decreto 32/2008, de 5 de febrero, el Protectorado de esta Consejería Para la Igualdad y Bienestar Social continuará ejerciendo sus competencias tramitando los procedimientos iniciados antes del 4 de junio de 2008 y recepcionando los presentados con posterioridad a esta fecha.