Estos subsidios tienen por objeto prestar a las personas con discapacidad los medios necesarios para el ejercicio de sus derechos, y garantizar unos recursos económicos, jurídicos y sociales mínimos.
| ANUAL | MENSUAL | |
|---|---|---|
Garantía de Ingresos Mínimos (S.G.I.M.) |
2.098,04 € | 149,86 € |
Ayuda de Tercera Persona (A.T.P.) |
818,30 € | 58,45 € |
Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte (M.G.T.) |
736,80 € | 61,40 € |
Las personas beneficiarias del S.G.I.M. también se les abonará una Ayuda social de carácter extraordinario de 1075,65 euros anuales, que se hará efectiva trimestralmente, a razón de 268,91 euros.
El Subsidio de Garantía e Ingreso Mínimos (S.G.I.M.) y el Subsidio de Ayuda a Tercera Persona (S.A.T.P.) son incompatibles con la percepción de:
Avda. de Hytasa, 14. 41071-Sevilla. Teléfono: 955 048 000 / Fax: 955 048 234
Correo electrónico: correo.cibs@juntadeandalucia.es

