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Presentación

Presentation

En la línea de desarrollar e implementar una estrategia para la innovación en el sector público, el Instituto Andaluz de Administración Pública tiene entre sus objetivos, contribuir al progreso y modernización de las administraciones públicas mediante la formación, selección e investigación en materia de gestión pública, junto con la evaluación de la calidad y excelencia de las políticas públicas, con el fin de proporcionar más y mejores servicios a la ciudadanía.

Se crea por la Ley 6/85 de 28 de noviembre de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y ha quedado configurado como agencia administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 y el apartado 5 de la disposición transitoria única de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Sus Estatutos se encuentran regulados por el Decreto 277 / 2009 de 16 de junio.

El Gobierno y Administración del IAAP corresponde al Consejo Rector, Dirección, Secretaría General y Consejo General.

El Consejo Rector está presidido por la persona titular de la Consejería competente en materia de Administración Pública, la Vicepresidencia corresponde a la persona titular de la Dirección del Instituto, la Secretaría, con voz y sin voto, corresponde a la persona titular de Secretaría General del Instituto. Completan su composición doce vocales, distribuidos entre seis miembros nombrados por la persona titular de la Consejería competente en materia de Administración Pública y otros seis miembros pertenecientes a las organizaciones sindicales más representativas, designados por las respectivas organizaciones sindicales y nombrados por la persona titular de la Consejería competente en materia de Administración Pública.

La persona titular de la Dirección del Instituto, con rango de Director/a General, es nombrada por el Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de Administración Pública.

Tiene su sede en Sevilla, aunque podrá establecer unidades docentes o administrativas en cualquier lugar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como desarrollar sus actividades fuera de su sede.