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Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía

Información de la variable



Paro registrado. Hombres

Según la Orden de 11 de marzo de 1.985 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el paro registrado lo componen las demandas de empleo pendientes de satisfacer el último día del mes en las Oficinas de Empleo del INEM, excluyendo las correspondientes a las siguientes situaciones:
- Demandantes ocupados (incluidos los que compatibilizan la percepción de
prestaciones por desempleo parcial con un empleo a tiempo parcial, los que tienen
suspendidos temporalmente sus contratos o tienen reducida su jornada laboral por un expediente de regulación de empleo, y los beneficiarios de prestaciones por desempleo que participan en trabajos de colaboración social).
- Demandantes sin disponibilidad inmediata para el trabajo o en situación
incompatible con éste: pensionistas de jubilación, pensionistas de invalidez absoluta o de gran invalidez, personas con más de 65 años, demandantes en situación de incapacidad laboral transitoria (o de baja médica), los que están cumpliendo el servicio militar o la prestación social sustitutoria, los estudiantes de enseñanza oficial reglada con menos de 25 años (o teniendo más de esa edad son demandantes de primer empleo) y los alumnos de formación profesional ocupacional (siempre que superen las 20 horas lectivas semanales, tengan una beca de manutención y sean demandantes de primer empleo).
- Demandantes que solicitan un empleo de características específicas: empleo a
domicilio; por menos de tres meses o con jornada inferior a 20 horas; cuando la inscripción sea requisito previo para un proceso de selección y cuando se solicite un empleo para el extranjero.
- Trabajadores eventuales agrarios beneficiarios del subsidio especial por desempleo
o, que habiéndolo agotado, no haya transcurrido más de un año desde el nacimiento del derecho.
- Se excluyen también del cómputo del paro registrado a los demandantes que rechacen acciones de inserción laboral adecuadas a sus características (Artículo 46.1.2 de la Ley 8/1988, de 7 de abril).

El 3 de mayo de 2005 entró en funcionamiento el nuevo modelo de gestión SISPE (Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo) que integra la información relativa a las políticas activas de empleo y a las prestaciones por desempleo, que llevan a cabo los Servicios Públicos de Empleo estatal y autonómicos.
Este nuevo sistema ha hecho necesario un cambio en la forma en que se determinan los colectivos que deben ser excluidos de las demandas pendientes, para obtener el paro registrado, conforme a la Orden Ministerial de marzo de 1985.
Las variaciones en los datos de la nueva metodología con respecto a la antigua, se deben principalmente a tres causas:
1. La actualización y comprobación de las claves que se utilizaban para clasificar a los demandantes de empleo.
2. El cruce con los ficheros de afiliación a la Seguridad Social como fuente exclusiva de información para clasificar a los individuos, frente a la información aportada por éstos.
3. La consideración de los demandantes de nacionalidad extranjera como parados registrados, siempre que no tengan otra causa de exclusión.

El dato que se facilita es el referente a la media anual calculada a partir de los 12 meses del año.

Unidad: parados


Fuente: Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía. Elaboración propia a partir de datos del Servicio Público de Empleo Estatal y del Servicio Andaluz de Empleo
Año 2022