Separación, Divorcio y Nulidad matrimonial
Bastará que uno de los cónyuges no desee la continuación del matrimonio para que, sin tener que alegar causa alguna y transcurridos tres meses desde la celebración del mismo, solicite judicialmente la separación o el divorcio bien de mutuo acuerdo o de manera contenciosa. No obstante, en cualquier momento, sin necesidad de esperar el plazo de tres meses, podrá solicitar la separación el cónyuge que acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de las hijas e hijos de ambos,...



