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  • > Fiscalías > Organización
     

      Estructura Gubernativa

    La conforman los siguientes órganos del Ministerio Fiscal:

    El Fiscal General del Estado, que es asistido por

     La Junta de Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, para cuestiones doctrinales y fijación de criterios de actuación

     El Consejo Fiscal, para cuestiones organizativas y de personal

     Los órganos integrados en la Fiscalía General del Estado:

    • La Secretaría Técnica, que asiste en materia de estudios técnicos, investigaciones e informaciones.
    • La Inspección Fiscal, que ejerce sus competencias en materia de medios materiales y recursos humanos.

     Los Fiscales Jefes de las Fiscalías de los Tribunales Superiores de Justicia, de las Audiencias Provinciales y de las Fiscalías Especiales.

     

     

      Estructura Funcional

    La constituyen:

    El Fiscal General del Estado

    • Las Fiscalías Territoriales:
    • Fiscalías de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas
    • Fiscalías de las Audiencias Provinciales
    • Adscripciones Permanentes de ambas Fiscalías
    • Las Fiscalías Especiales:
    • Fiscalía ante el Tribunal Supremo
    • Fiscalía ante el Tribunal Constitucional
    • Fiscalía ante el Tribunal de Cuentas
    • Fiscalía de la Audiencia Nacional
    • Fiscalía para la Represión de los delitos económicos relacionados con la corrupción (Anticorrupción)
    • Fiscalía para la Prevención y Represión del Tráfico de Drogas (Antidroga)

    Dentro de las Fiscalías territoriales cabe hablar de la creación de Servicios Especializados, formados por fiscales de sus respectivas plantillas específicamente cualificados para la investigación y tramitación de procedimientos judiciales determinados por razón de su materia. Nos referimos a los Servicios de Violencia Familiar, Siniestralidad Laboral, Extranjería, Vigilancia Penitenciaria y Menores. Estos servicios han sido constituidos por normas internas del Fiscal General del Estado y, en el caso de las Fiscalías de Menores, por la ley Orgánica 5/2000, de 7 de enero.