Con la aplicación desde el 1 de octubre de 2004 del Reglamento (CE) 998/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueban las normas zoosanitarias para los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, se han armonizado las condiciones en que se deben desplazar de perros, gatos y hurones, tanto entre Estados miembros, como en la introduccion desde terceros paises.
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