Los lazos son colocados en zonas de paso de fauna, de manera que la muerte de estos animales se produce de forma lenta y agónica por estrangulamiento, e incluso por inanición si el accionamiento del lazo solo atrapa a una de sus extremidades. Otra de las razones por las que estos medios de captura están totalmente prohibidos por la legislación tanto comunitaria, como nacional y autonómica, se debe al carácter no selectivo de estas artes, de manera que pueden morir atrapados ejemplares de especies protegidas como linces, garduñas, ginetas, nutrias o tejones.
Los Agentes de Medio Ambiente, en el ejercicio de su función como agentes de la autoridad, han procedido -por tanto- a elaborar los correspondientes atestados como consecuencia de los hechos descritos, lo que dará lugar a la apertura de las correspondientes diligencias orientadas a depurar la responsabilidad en los hechos.