CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD:
protección de la flora, la fauna y sus hábitats
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Restauración ambiental del Monumento Natural Sotos de la Albolafia
Sevilla (febrero de 2012). La restauración ambiental del Monumento Natural Sotos de la Albolafia permitirá preservar la vegetación y avifauna que habita en este espacio protegido de la capital cordobesa. Con una  superficie de 213.627 metros cuadrados, se localiza en el tramo del río Guadalquivir situado entre los puentes Romano y San Rafael de la ciudad.

Los trabajos de restauración se centrarán en la eliminación de especies exóticas arbóreas y arbustivas; en la repoblación de la margen izquierda del río, con la creación de teselas de vegetación; y en la recuperación de las edificaciones que rodean los Sotos de la Albolafia, concretamente los de La Noria de la Albolafia, el Molino de En Medio y Molino de Téllez o Pápalo Tierno. Las actuaciones, que cuentan con un presupuesto de 275.891 euros, comenzarán esta primavera, una vez que se haga la tramitación correspondiente.

Esta iniciativa, que permitirá revalorizar los valores socioculturales de este espacio protegido, se desarrolla en el marco del Plan Andaluz de Medio Ambiente, la adecuación del Plan Forestal Andaluz, el Plan Andaluz de Humedales, la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible y el Plan Hidrológico del Guadalquivir.

El Monumento Natural Sotos de la Albolafia es el tramo del Guadalquivir con zonas inundables, pequeños afloramientos, barras e islotes, producto de las diferentes fluctuaciones históricas en el nivel del agua del río a su paso por la ciudad de Córdoba. Este espacio, que toma su nombre de la vieja noria árabe que existe en el paraje, incluye antiguas edificaciones relacionadas con el uso del agua. Los sotos albergan una importante avifauna, con importantes poblaciones de garcilla bueyera, calamón y morito.

Además de Sotos de la Albolafia, dentro de la provincia de Córdoba se localizan asimismo otros dos monumentos naturales: la Cueva de los Murciélagos y el Meandro de Montoro. Se trata de una figura de protección prevista en la legislación andaluza de espacios naturales para aquellos elementos o enclaves ecológicos o paisajísticos como cuevas, peñas, dunas, árboles centenarios, islotes, bosquetes o formaciones geológicas que presentan valores singulares y cuya extensión no sobrepasa las 10 hectáreas. Otros de los criterios exigidos para su declaración son, a su vez, el buen estado de conservación que presenten, la prioridad para el uso público, el reconocimiento por parte de la sociedad y la corresponsabilidad de los interesados en la protección.