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Aprobados los planes de Ordenación y Uso y Gestión del Parque Natural Sierra de Castril

Sevilla (julio de 2005). El Consejo de Gobierno aprobó el pasado mes de junio los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales y de Uso y Gestión del Parque Natural Sierra de Castril, para sustituir los vigentes desde 1994.

En cuanto al procedimiento seguido, los citados Planes han sido elaborados por la Consejería de Medio Ambiente, informados por el Comité de Acciones para el Desarrollo Sostenible, la Junta Rectora del Parque Natural y el órgano competente en materia urbanística, sometidos a los trámites de audiencia a los interesados, información pública y consulta de los intereses sociales e institucionales implicados, incluidas las Corporaciones Locales, y de las asociaciones que persiguen el logro de los principios establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo. Cumplidos los demás trámites previstos en la Ley, han sido elevados al Consejo de Gobierno para su aprobación.

Siguiendo las directrices establecidas por la Unión Europea en los distintos Programas de Acción en materia de medioambiente, los objetivos del Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural Sierra de Castril se han establecido, por un lado, en el marco del desarrollo sostenible como única forma de hacer compatibles los diversos usos y actividades que tienen lugar en este espacio con la conservación de sus recursos naturales y, por otro, en la contribución al establecimiento de la Red Natura 2000:

Este Parque Natural Sierra de Castril, con una superficie de 12.696 hectáreas, se halla incluido en su totalidad en el término municipal de Castril y está recorrido de norte a sur por el río del mismo nombre, configurando un paisaje de cañones y cascadas y numerosas simas, grutas y galerías, y en cuyas aguas habita la nutria y la trucha común. La fauna de la Sierra de Castril está íntimamente ligada a la existente en las de Cazorla, Segura y La Sagra, siendo el grupo de las aves el mejor representado con el buitre leonado como especie emblemática.

Con respecto a la flora, cuenta con cuatro especies en peligro de extinción y cinco en estado vulnerable, incluidas en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas.

Está designado como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), conforme a la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres, forma parte de la red ecológica europea Natura 2000 instaurada por la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. Además, se encuentra incluido en la propuesta de la Comunidad Autónoma de Andalucía de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), conforme a la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992.