Una vez reunido el Comité Andaluz de Humedales, esta Dirección General, después de comprobar que estas zonas húmedas reúnen las características que establece el artículo 5 del Decreto 98/2004, de 9 de marzo, por el que se crea el Inventario de Humedales de Andalucía y el Comité Andaluz de Humedales (BOJA 66/2004, de 5 de abril), decidió iniciar el procedimiento para la inclusión de determinadas zonas húmedas en este inventario. Estas son: Salina de Santa María, en El Puerto de Santa María; Marisma de Casablanca, en Jerez de la Frontera; Laguna de Herrera, en Antequera; Cerro de las Cigüeñelas, en Los Palacios y Villafranca; Laguna del Grillo, en Lebrija; Laguna del Terrosillo, en Osuna; y Laguna de Ruiz Sánchez, en Écija.
Todas ellas cumplen las características exigidas, como son el hecho de que constituyan el hábitat de poblaciones o comunidades de organismos que se consideren de especial interés natural, el que sean de interés geológico, geomorfológico, biogeoquímico o cultural, o el que presenten un gran valor por su rareza o representatividad.