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Alborán,
la isla desconocida
Rafael
Pinilla Muñoz
Dirección General de Planificación
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La
isla de Alborán y los fondos marinos que la circundan constituyen un enclave
privilegiado en la boca del Estrecho de Gibraltar, dentro del Mar de Alborán,
subcuenca más occidental del mar Mediterráneo. Su carácter fronterizo,
situado entre las tres provincias de la región Atlántico-Mediterránea
(Lusitánica, Mauritánica y Mediterránea), y antesala de dos cuencas
oceánicas totalmente diferentes como son la Atlántica y la Mediterránea, dan
como resultado una riqueza florística y faunística muy alta, especialmente en
los fondos marinos, con la presencia de especies endémicas mediterráneas y
especies atlánticas que encuentran en la zona su límite de entrada al
Mediterráneo. Estos valores han llevado a la Consejería de Medio Ambiente a
elaborar un Plan de Ordenación de Recursos Naturales para este ámbito y
proponer su declaración como Paraje Nataral.
La isla de Alborán con sus poco más de 7 hectáreas
constituye la mayor isla de Andalucía, aunque es desconocida para la mayoría
de los andaluces, a lo que contribuye su carácter inhóspito, que ha impedido
el asentamiento de población, y, muy probablemente, el que no aparezca en casi
ningún mapa al uso. Administrativamente pertenece a la provincia de Almería,
de cuya costa se encuentra separada por unas 45 millas, mientras que de la costa
africana son 30 millas las que le separan.
Esta isla, de origen volcánico, tiene unas dimensiones
modestas, aproximadamente 600 metros de longitud y 270 metros de anchura en los
puntos más distantes. Su relieve está formado por una plataforma
predominantemente plana rodeada de acantilados que apenas se elevan 10-12 metros
sobre el mar. Al nordeste aparece la isla de Las Nubes, un pequeño islote
rocoso separado de Alborán por el Canal de las Morenas.
La insularidad, los fuertes vientos dominantes, la intensa
influencia marina y la escasa superficie de la isla, unido a unos suelos pobres
y escasamente desarrollados, dan lugar a un ambiente salino y xérico, hostil
para el desarrollo de determinadas formas vitales, razón por la que no existe
aquí vegetación arbórea ni grandes arbustos. Estos factores condicionan el
desarrollo de una biocenosis especialmente resistente, a la vez que muy
interesante, ya que alberga diversas especies endémicas en estado relicto.
Flora y Fauna terrestre
Entre la flora destacan tres especies endémicas de la isla,
como la manzanilla de Alborán (Anacyclus alboranensis), el
jaramago de Alborán (Diplotaxis siettiana) y el azuzón de Alborán (Senecio
alboranicus). Respecto a las dos primeras hay que decir que están
catalogadas en peligro de extinción en el catálogo andaluz de flora silvestre
amenazada (Decreto 104/1994, de 10 de mayo). Además Diplotaxis siettiana
aparece recogida como especie que debe ser estrictamente protegida en el Anexo I
del Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y el medio natural
de Europa (Berna, 1979) y como especie de interés prioritario en el Anexo II
(especies para cuya conservación es necesario designar zonas especiales de
conservación) de la Directiva Hábitats. Por último, señalar asimismo la
presencia de una gramínea endémica del Mediterráneo, Triplachne nitens.
(Cuadro 1).
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Desde un punto de vista faunístico, la isla constituye un
hábitat de interés por ser utilizada para la nidificación, entre otras
especies, por la gaviota de Audouin (Larus audouinii), especie exclusiva
del Mediterráneo, y por el paiño del mediterráneo (Hydrobates pelagicus).
Ambas especies están recogidas en el Anexo I (aves para cuya conservación es
necesario designar zonas de especial protección) de la Directiva Aves. También
es utilizada como área de cría por la gaviota patiamarilla (Larus
cachinnans) y, en general, la isla es dormidero y punto de alimentación de
gran cantidad de aves migratorias, entre las que cabe mencionar la gaviota
picofina y la gaviota cabecinegra, recogidas igualmente en el Anexo I de la
Directiva Aves. Por lo que respecta a otros grupos zoológicos, no existen
anfibios ni reptiles y sólo se conoce un mamífero, el ratón doméstico (Mus
musculus), muy probablemente introducido. Entre los de menor tamaño y que
habitualmente pasan desapercibidos destaca la presencia de un invertebrado, el
coleóptero Zophosis alborana, especie endémica de la isla que encuentra
su refugio bajo las piedras.
Los fondos marinos
Las reducidas dimensiones y el perfil plano de la isla
contrastan con una relativamente extensa y accidentada plataforma continental.
Los fondos que rodean la isla de Alborán presentan un relieve muy irregular,
con abundantes afloramientos rocosos submarinos o "secos" que alternan
con fondos detrítico-costeros.
Por otro lado, en el mar de Alborán confluyen dos masas de
agua con características diferentes: una fría (en el contexto mediterráneo),
con baja salinidad y densidad, que entra en superficie desde el Atlántico a
través del Estrecho de Gibraltar; y otra en sentido opuesto con mayor salinidad
y densidad, que sale desde el Mediterráneo hacia el Atlántico por debajo de la
primera. Estas masas de agua tienen un complejo sistema de corrientes
superficiales que permiten el afloramiento de aguas profundas, lo que favorece
una elevada producción primaria en esta zona.
Todo ello genera una alta diversidad y productividad
biológica, con numerosos elementos de interés desde un punto de vista
biogeográfico, lo que confiere al espacio una gran importancia ecológica y
económica. En este sentido, algunos autores como Templado et al afirman
que el mar de Alborán alberga la mayor diversidad biológica de las costas
europeas.
Especies objeto de protección
De su valor ecológico es buena muestra la presencia en la
zona de numerosas especies incluidas en la lista de vegetales marinos en peligro
o amenazados consideradas en el Programa de las Naciones Unidas para el Medio
Ambiente, dentro del Plan de Acción para el Mediterráneo (1990) y en la lista
elaborada a raíz del Convenio de Barcelona (1995), lista que se ha concretado
en determinadas especies que es necesario proteger (UNEP 1996). Entre ellas,
aparece en el Mar de Alborán un nutrido grupo de algas, formado por ocho
especies de algas pardas (destacando por su abundancia las del género Cystoseira
y las del orden Laminariales) y dos especies de algas rojas (Naccaria
wiggii y Platoma cyclocolpa).
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De las especies de fauna que deben ser objeto de protección
(UNEP 1996), existe una buena representación en la zona, que van desde los
grupos con una organización interna más simple, como son las esponjas, hasta
los más complejos, como son los mamíferos. De entre todas las especies que
aparecen en los distintos grupos hay que destacar algunas que ya son objeto de
protección, como el datil de mar (Lithophaga lithophaga), molusco
incluido en el Anexo IV (especies que requieren una protección estricta) de la
Directiva Hábitats, aunque hay otros siete moluscos que no tienen ningún nivel
de protección, entre los que sobresale la lapa gigante (Patella ferruginea),
especie endémica del Mediterráneo occidental a la que la presión humana está
poniendo en peligro de extinción. Entre los reptiles marinos que habitan las
aguas de Alborán se encuentra la tortuga boba (Caretta caretta),
incluida en el Anexo II de la Directiva Hábitats. Por último, entre los
mamíferos marinos cabe citar la foca monje (Monachus monachus) y el
delfín mular (Tursiops truncatus), ambos incluidos en el Anexo II de la
Directiva Hábitats, la primera de ellas catalogada como de interés
prioritario. (Cuadros 2 y 3).
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Además de por la presencia de las especies antes citadas,
este espacio sobresale como un importante enclave de paso en las migraciones de
diversos grupos de vertebrados, como son los peces, reptiles marinos, aves y
mamíferos marinos.
En cuanto a los hábitats de protección prioritaria el Plan
de las Naciones Unidas para la Protección del Medio Ambiente ha elaborado un
catálogo de hábitats y paisajes marinos amenazados y de interés por su rareza
y elevada biodiversidad. De entre ellos, aparecen representados en los fondos
marinos de Alborán los "bosques" de Cystoseira de régimen
batido, los "bosques" de Cystoseira de régimen calmo, los
poblamientos con Cystoseira de profundidad, los poblamientos con
laminarias de corriente atlántica, los fondos coralígenos, los fondos de
maërl y los bosques con Dictyopteris membranacea.
Especies cuya explotación debe ser regulada
Por lo que respecta a las especies objeto de explotación
presentes en la zona, varias están recogidas por el Programa de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente en la lista de especies cuya explotación debe ser
regulada, entre ellas varias esponjas de mar, el coral rojo (Corallium rubrum),
incluido en el Anexo V de la Directiva Hábitats (especies cuya recogida en
la naturaleza y cuya explotación pueden ser objeto de medidas de gestión), el
erizo de mar común y varios crustáceos y peces de elevado interés (bogavante,
centollo, langosta, gamba roja, mero, marrajo, atún rojo, pez espada, ...).
Entre los crustaceos cabe mencionar la cigarra de mar –Scillarides latus-,
incluida en el Anexo V de la Directiva Hábitats, donde también se incluyen dos
algas coralígenas presentes en la zona, como son Lithothamnium coralloides
y Phymatolithon calcareum. (Cuadros 2 y 3).
Otras especies
Desde el punto de vista biogeográfico, y respecto a las
algas, se observa una importante presencia de especies, tanto mediterráneas
como atlánticas. Entre ellas merecen destacarse, dentro del grupo de especies
mediterráneas, Kallymenia requienii, Peyssonnelia coriacea, P. Squamaria
y Sebdenia rodrigueziana. Entre las especies atlánticas, destacan Cystoseira
usneoides, C. tamariscifolia y Saccorhiza polyschides en aguas
superficiales; y Laminaria ochroleuca, Desmarestia dresnayi y
Carpomitra costata, a mayor profundidad. Por lo que respecta a la fauna, se
puede señalar la presencia de esponjas, moluscos y crustáceos.
Usos y aprovechamientos
Respecto a los usos del espacio, la isla de Alborán tuvo
hasta hace unos años un uso exclusivamente militar, derivado de su posición
estratégica. Por motivos de reestructuración el destacamento fue desmantelado,
dejando en la isla un vertedero incontrolado de enseres domésticos y edificios
en avanzado estado de deterioro.
No obstante, a pesar del impacto negativo que la presencia
del hombre causa en un espacio tan reducido, la presencia del destacamento
militar y, sobre todo, la distancia de la isla a las costas peninsulares y su
difícil acceso, han contribuido hasta la fecha a la conservación de la misma y
los fondos marinos que la rodean.
En la actualidad se ha restablecido la presencia militar en
la isla, estando en fase de proyecto y/o ejecución una serie de obras como son
la restauración del edificio del faro y la construcción de un refugio y varios
diques de abrigo, con las indudables repercusiones negativas que dichas
actuaciones tienen sobre unos ecosistemas tan frágiles como son la isla de
Alborán y los fondos marinos circundantes.
Por otra parte en la zona se desarrolla una actividad
pesquera cada vez más intensa, tanto profesional como deportiva. Esto, unido al
desconocimiento de la biología y comportamiento de las poblaciones marinas,
está poniendo en peligro la supervivencia, no sólo de las especies objeto de
explotación, sino la integridad de sus hábitats y del resto de especies que
con ellas coexisten.
En particular, la pesca de arrastre, cuyo principal objetivo
es la gamba roja, está alterando la dinámica de sus poblaciones, al ser las
especies de fondo muy sensibles a la explotación por sus largos períodos de
recuperación. Del mismo modo, la pesca del coral rojo está afectando su
capacidad de regeneración, realizándose todavía una explotación irracional,
a pesar de la erradicación de la barra italiana. Por último, hay que citar la
intensificación de la pesca deportiva submarina, que está provocando una gran
presión sobre algunas especies pelágicas, en particular el mero (Epinephelus
marginatus).
Necesidad de ordenación y protección del espacio: Plan
de ordenación de recursos naturales
De todo lo anterior se deduce que existen motivos más que
suficientes que exigen una ordenación integral de los recursos naturales que
albergan la isla de Alborán y los fondos marinos que la circundan, ya que ambos
elementos forman parte de una misma unidad territorial, en la que la isla
constituye el afloramiento en superficie de una cadena submarina de origen
volcánico denominada "Dorsal de Alborán", de morfología lineal, que
atraviesa el mar del mismo nombre en dirección NE-SO, hasta los 1000 de
profundidad.
Por otro lado, es necesario concretar que son precisamente
las comunidades bentónicas situadas en el piso circalitoral (50-200 metros) y
en el piso batial, en la parte superior del talud (200-1000 metros), las que
caracterizan la riqueza ecológica y económica de la zona, por lo que el
ámbito de ordenación debe ser lo suficientemente amplio para asegurar la
inclusión en el mismo de dichos fondos y los valores naturales que albergan.
Por esta razón, el Acuerdo de Consejo de Gobierno de diciembre de 1998, por el
que se acuerda la formulación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales
de la Isla de Alborán y sus fondos marinos, estableció 12 millas alrededor de
la isla, como ámbito inicial de la ordenación.
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Dicho Acuerdo fue suspendido por el Tribunal Constitucional
en junio de 1998, al admitir a trámite el conflicto positivo de competencia
planteado por el Gobierno de España en ese mismo mes. Posteriormente, en
diciembre de ese mismo año el citado Tribunal acordó levantar la suspensión
porque "los perjuicios públicos o privados alegados por el abogado del
Estado carecen de la virtualidad necesaria como para prevalecer sobre los
intereses medioambientales, especialmente dignos de protección", lo que
permitía a la Junta de Andalucía continuar con la elaboración del Plan de
Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Alborán.
Finalidad
La finalidad esencial que persigue el PORN es, por un lado,
la puesta en valor de los recursos naturales existentes en el espacio en
cuestión a través de la ordenación de los mismos, asignando en cada caso los
usos más adecuados y regulando las diferentes actividades que se desarrollan,
de forma que se compatibilice su aprovechamiento y conservación, tanto en la
isla de Alborán como en los fondos marinos que la circundan. Por otro lado,
propone cuantas medidas sean necesarias para garantizar su conservación, en
particular el establecimiento de un régimen jurídico de protección
específico para el espacio, en razón de los excepcionales valores naturales
que alberga.
Figura de protección
En el marco de lo establecido por la Ley 2/1989, de 18 de
julio, se propone un régimen jurídico de protección que, garantizando un alto
grado de protección para el espacio, mediante el establecimiento de las
limitaciones necesarias, garantice el desarrollo racional de las actividades
económicas que de forma tradicional vienen desarrollándose en el mismo.
En este sentido, la figura de Paraje Natural se presenta como
la más acorde a los objetivos planteados. Según su definición, esta figura
permite una protección estricta y eficaz de los recursos naturales, a la vez
que posibilita un aprovechamiento racional de los mismos, potenciando, en
particular, el desarrollo de las actividades tradicionales. De esta forma, esta
figura se adapta a las cualidades naturales de la isla y su entorno, así como a
la acusada fragilidad que presentan los diversos hábitats y comunidades que
alberga y al desarrollo de las actividades que tradicionalmente se desarrollan
en la zona, en particular, las actividades pesqueras.
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Destaca, por otra parte, la propuesta de zonificación del
Plan, con la que se intenta, básicamente, compatibilizar la conservación de
las comunidades marinas presentes en el entorno de la isla, de elevado interés
ambiental, con el aprovechamiento de los ricos caladeros allí existentes y el
desarrollo de actividades deportivas, ordenando las importantes expectativas de
desarrollo económico de la zona.
Propuesta de ordenación
La propuesta de ordenación se centra en la Isla de Alborán,
el islote de La Nube y los fondos que la circundan en torno a los 200 metros de
profundidad, como referencia, sobre un área total aproximada de 263,75 km2.
Esta zona es a su vez la que se propone para su declaración como espacio
natural protegido, estableciendo dentro de la misma tres zonas (Mapa).
- Medio terrestre
- Zona de Conservación con Usos Restringidos (B1)
Aunque la isla tiene un alto interés geológico,
biológico y adaptativo, la presencia del destacamento militar, ser puerto de
abrigo y tener dependencias de acogida, condicionan que el grado de
protección sea compatible con la presencia humana.
- Comprende la isla de Alborán y el islote de La Nube (7 hectáreas
aproximadamente).
- Medio marino
- Zona de Reserva (A)
Incluye las zonas marinas de mayor singularidad y
fragilidad, por lo que el objetivo primordial es la protección de sus valores
naturales, supeditando cualquier actuación en la zona a la conservación de
los recursos que alberga. Abarca una superficie aproximada de 16 Km2,
y comprende:
- Una milla desde la isla de Alborán medida a partir de las líneas de base
recta (sin incluir la isla propiamente dicha).
- Las aguas interiores a las citadas líneas de base.
- Un círculo de media milla alrededor de las coordenadas geográficas de
latitud 35º 57’ 55" Norte y longitud 2º 58’ 36" Oeste, que
incluye el bajo conocido con el nombre de "Piedra Escuela".
- Zona de Conservación con Usos Restringidos (B1)
Incluye zonas marinas con abundantes recursos naturales
cuya explotación tiene potencialidad económica, por lo que se proponen
medidas específicas que, aun siendo restrictivas para garantizar la
conservación de dichos recursos, permiten el aprovechamiento de los mismos.
- Comprende la zona incluida en el rectángulo de 15 kms de base y 6 kms de
altura cuyo eje central sigue la dirección suroeste-noreste, uniendo la
isla de Alborán y el centro geográfico de "Piedra Escuela", e
incluyendo en su interior la zona de reserva. Abarca una superficie
aproximada de 74 km2, excluida la isla y la zona de reserva.
- Zona de Conservación (B2)
Esta zona, al igual que la anterior, alberga recursos
naturales de gran valor ambiental y comercial, por lo que se propone una
potenciación de su aprovechamiento sostenible, a la vez que se permiten
actividades que no son compatibles en las otras zonas.
- Comprende la zona incluida en el polígono que envuelve las zonas
anteriores, cuya superficie aproximada, excluidas éstas, es de 174 km2.
En general, este régimen de protección viene a reforzar las
limitaciones a la pesca establecidas en la Orden del Ministerio de Agricultura y
Pesca por la que se establece una reserva marina y una reserva de pesca en el
entorno de la isla de Alborán, aunque a diferencia de ésta, además de la
pesca se regulan los usos y aprovechamientos del conjunto de los recursos
naturales existentes, tanto en el medio marino como en el terrestre, lo que
significa un claro complemento al régimen ya establecido por la citada Orden.
Por otro lado, desde el PORN se dan directrices para la gestión de los recursos
naturales y de las distintas actividades que se pueden desarrollar en este
espacio, incluidas las recreativas, científicas o de investigación, entre
otras.
Por último, significar que este PORN, una vez elaborado,
inicia un procedimiento de tramitación que implica, previa a su aprobación, un
proceso de participación que pretende alcanzar el máximo grado de consenso
entre todas las partes que se puedan ver implicadas. Este proceso incluye su
discusión en los distintos órganos colegiados de carácter social que asesoran
la labor de la Consejería de Medio Ambiente, así como un periodo de
información pública, audiencia a los interesados y consulta a las
instituciones, colectivos y asociaciones que tengan intereses en al zona.
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Cuadro 1. Especies de flora
presentes en la isla de Alborán |
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Familia |
Especies |
|
Aizoaceae |
Aguazul, yerba vidirera (Mesembryanthemum nodiflorum) |
|
Asteraceae (Compositae) |
Manzanilla de Alborán (Anacyclus alboranensis, endémica de
Alborán) |
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Asteraceae (Compositae) |
Azuzón de Alborán (Senecio alboranicus, endémica de Alborán) |
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Borraginaceae |
Hierba verruguera (Heliotropium sp.) |
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Brassicaceae |
Jaramago de Alborán (Diplotaxis siettiana, endémica de
Alborán) |
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Caryophyllaceae |
Polycarpon tetraphyllum |
|
Caryophyllaceae |
Arenaria (Spergularia bocconii) |
|
Chenopodiaceae |
Almajo, barrilla pinchuda (Salsola kali) |
|
Frankeniaceae |
Frankenia corymbosa f. Alboranensis |
|
Frankeniaceae |
Albohol (Frankenia pulverulenta) |
|
Malvaceae |
Malva (Lavatera mauritanica) |
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Poaceae (Gramineae) |
Triplachne nitens |
|
Solanaceae |
Cambrón (Lycium europaeum) |
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Cuadro 2. Relación de especies de
algas e invertebrados incluidas en el Plan de Acción para el
Mediterréneo (UNEP, 1996) que se encuentran en Alborán |
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Grupo |
Especie |
Objeto de protección |
Su explotacióndebe ser regulada |
|
Algas pardas
(Phaeophytas) |
Cystoseira amentacea |
X |
|
|
Cystoseira spinosa |
X |
|
|
Cystoseira zossteroides |
X |
|
|
Algas calcáreas |
Lithothamnium coralloides |
|
X |
|
Phymatholithon calcareum |
|
X |
|
Esponjas
(Porifera) |
Aplysina spp. |
X |
|
|
Esponja candelabro (Axinella polypoides) |
X |
|
|
Geodia cydonium |
X |
|
|
Naranja de mar (Thethya spp) |
X |
|
|
Esponja de caballo (Hippospongia communis) |
|
X |
|
Esponja oreja de elefante (Spongia agaricina) |
|
X |
|
Esponja de baño (Spongia officinalis) |
|
X |
|
Corales
(Cnidaria) |
Coral naranja (Astroides calycularis) |
X |
|
|
Coral rojo (Corallium rubrum) |
|
X |
|
Erizos y Estrellas de mar
(Echinodermata) |
Estrella de mar púrpura (Ophidiaster
ophidianus) |
X |
|
|
Erizo de púa larga (Centrostephanus
longispinus) |
X |
|
|
Erizo de mar común (Paracentrotus lividus) |
|
X |
|
Moluscos
(Mollusca) |
Concha tritón (Charonia lampas) |
X |
|
|
Concha tritón (Charonia tritonis) |
X |
|
|
Dátil de mar (Lithophaga lithophaga) |
X |
|
|
Porcelana (Luria lurida) |
X |
|
|
Lapa gigante (Patella ferruginea) |
X |
|
|
Barrena (Pholas dactylus) |
X |
|
|
Nacra escamosa (Pinna rudis) |
X |
|
|
Porcelana (Zonaria pyrum) |
X |
|
|
Crustaceos
(Crustacea) |
Bogavante (Homarus gammarus) |
|
X |
|
Centollo (Maja squinado) |
|
X |
|
Langosta común (Palinurus elephas) |
|
X |
|
Cigarra de mar (Scyllarides latus) |
|
X |
|
Castañeta (Scyllarus arctus) |
|
X |
|
Pequeña cigarra (Scyllarus pygmaeus) |
|
X |
|
Cuadro 3. Relación de especies de
peces incluidas en el Plan de Acción para el Mediterréneo (UNEP, 1996)
que se encuentran en Alborán |
|
Especie |
Objeto de protección |
Su explotacióndebe ser regulada |
|
Caballito de mar (Hippocampus ramulosus) |
X |
|
|
Caballito de mar (Hippocampus hippocampus) |
X |
|
|
Pez luna (Mobula mobular) |
X |
|
|
Tiburón blanco o jaquetón (Carcharodon carcharis) |
X |
|
|
Angelote (Squatina squatina) |
|
X |
|
Atún rojo (Thunnus thynnus) |
|
X |
|
Cailón (Lamna nasus) |
|
X |
|
Corballo (Sciaena umbra) |
|
X |
|
Emperador, pez espada (Xipias gladius) |
|
X |
|
Marrajo (Isurus oxyrhinchus) |
|
X |
|
Mero (Epinephelus marginatus) |
|
X |
|
Raya bramante, raya blanca (Raja alba) |
|
X |
|
Tintorera (Prionace glauca) |
|
X |
|
Verrugato (Umbrina cirrosa) |
|
X |
Cuadro 4. Objetivos establecidos por el PORN
- Conservar la riqueza de hábitats marinos y terrestres que posee
el espacio, garantizando el mantenimiento de las especies singulares
que allí habitan.
|
- Recuperar las especies faunísticas y florísticas que se
encuentran en la actualidad amenazadas, preservando así la
diversidad genética en las comunidades que existen en la zona.
|
- Garantizar la conservación de los valores naturales de los fondos
marinos frente a las actividades recreativas, deportivas (de
navegación y de buceo) y educativas.
|
- Asegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros y
el mantenimiento de una actividad pesquera artesanal, tradicional y
profesional, de forma que no ponga en peligro las especies,
comunidades, ecosistemas y paisajes presentes.
|
- Favorecer la recuperación biológica de los caladeros.
|
- Evitar la generación de impactos ambientales por actividades o
instalaciones que puedan llevarse a cabo en el ámbito del espacio.
|
- Optimizar el conocimiento de los valores y recursos de la zona,
sus déficits y potencialidades aportando así directrices de apoyo
a la gestión ambiental del Espacio.
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