IMA 2017. Informe de Medio Ambiente en Andalucía
232 Informe de Medio Ambiente en Andalucía Índice de concentración media anual de O 3 (SOMO35) La legislación vigente en materia de calidad del aire establece para el ozono un valor objetivo para la protección de la salud humana de 120 µg/m 3 (60 partes por billón). Este valor no deberá superarse más de 25 días por cada año civil de promedio, en un período de 3 años. No obstante, la Organización Mundial de la Salud definió el Índice de concentración media anual de O 3 (SOMO35) para evaluar la exposición de la población al ozono, basado en un umbral máximo de concentración –70 µg/m 3 (35 partes por billón)–. Este índice se emplea para valorar el daño a la salud de la exposición al ozono, de forma global y continuada en el tiempo. El SOMO35 ponderado por la población en Andalucía alcanza 7.792 µg/m 3 y día en 2017. Este valor es un 27% superior a 2016 y representa el segundo peor registro desde el año 2011. La distribución territorial de los valores de SOMO35 por zonas de evaluación muestra las áreas donde existe un mayor índice de afección sobre la población de la concentración de ozono. Desde el año 2011, el primero en el que se calculó este indicador, esta zona continúa siendo la de los Núcleos de 50.000 a 250.000 habitantes –con un valor en 2017 de 10.336 µg/m 3 /día–, muy superior a los registrados con anterioridad. Además, nuevamente le sigue muy de cerca la Zona de Córdoba con un valor bastante elevado (9.832 µg/m 3 /día). Unidades: O 3 en μgr/m 3 /día: Microgramos por metro cúbico y día. Fuente de Piedra (Málaga). J. Hernándéz Gallardo.
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