IMA 2017. Informe de Medio Ambiente en Andalucía

456 Calidad de las aguas En materia de calidad de las aguas, los registros establecidos van referidos tanto a la calidad de las aguas litorales como de las aguas continentales, superficiales y subterráneas. En relación con las aguas litorales, desde el año 1988, la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha venido realizando el control de la calidad de las aguas y sedimentos acuáticos del litoral, y de los estuarios de los principales ríos de Andalucía a través del Plan de Policía de Aguas . Mediante la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, se consolidaron en la región un elenco de herramientas diseñadas para la vigilancia y el control ambiental, destacando las redes automáticas y manuales de prevención y control de la contaminación atmosférica e hídrica. Posteriormente, para adaptar las actuaciones de seguimiento de la calidad de las aguas litorales a los requerimientos de la Directiva Marco de Aguas (Directiva 2000/60/CE), las actuaciones del Plan de Policía de Aguas quedaron encuadradas dentro de un plan de seguimiento más general denominado Programa deVigilancia de la Calidad de las Aguas Litorales . Dicho programa analizaba el estado de las aguas litorales mediante una red de estaciones en la que se realizaba el seguimiento de indicadores físico- químicos y biológicos, de acuerdo con la mencionada Directiva. Bajo Guadiana, Huelva. J. Hernández Gallardo

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