IMA 2017. Informe de Medio Ambiente en Andalucía
474 Durante la primera década del siglo XXI tuvieron lugar varios sucesos importantes para la gestión del agua en Andalucía: El día 1 de enero de 2009 entró en vigor la transferencia de la gestión de las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que discurren íntegramente por el territotorio de la comunidad autónoma. Esta transferencia supuso la culminación de un proceso de asunción de competencias en materia hídrica iniciado con el traspaso de la Cuenca Mediterránea andaluza y la Cuenca Atlántica andaluza, en los años 2005 y 2006, respectivamente. Posteriormente, el Decreto 357/2009, de 20 de octubre, fijó las demarcaciones hidrográficas sobre las que la Junta de Andalucía ejerce plenas competencias de planificación y gestión hidrológica: la Mediterránea (Cádiz, Málaga, Granada y Almería), la del Guadalete-Barbate (Cádiz), y la delTinto, Odiel y Piedras (Huelva). Con este decreto se dió luz verde a la elaboración de los planes afectados por estas cuencas, designando a la Consejería de Medio Ambiente como autoridad competente para su desarrollo. Por otra parte, las demarcaciones de los ríos que no transcurren íntegramente por el territorio de Andalucía fueron definidas por el Estado, que ejerce competencias de planificación sobre la Cuenca del Guadalquivir y de planificación y gestión sobre las del Guadiana y el Segura. También fue en el año 2009 cuando se firmó el Acuerdo Andaluz por el Agua, documento consensuado con los agentes económicos y sociales que recoge los principales objetivos de lo que después fue la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía. El texto pivota en torno a cinco ideas fundamentales: una gestión comprometida con las generaciones futuras, un uso sostenible y con garantía del agua, una administración más moderna y eficaz, una participación
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