OBJETO
Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la conservación y mejora de las especies silvestres y sus hábitats, así como el fomento y la gestión sostenible de los recursos cinegéticos, en el marco de lo establecido en el Reglamento (CE) 69/2001, de la Comisión, de 12 de enero de 2001.
Acciones subvencionables:
Las acciones que podrán ser objeto de ayuda se dividen en dos líneas claramente diferenciadas:
- Acciones para la gestión activa de la biodiversidad:
- Acciones de mejora y fomento de setos, sotos o bosque en galería, herrizas y bosques isla.
- Estudio de productividad y gestión de los recursos micológicos.
- Implantación de truferas.
- Conservación y uso sostenible de árboles y arboledas singulares.
- Restauración de zonas húmedas.
- Elaboración de Planes Técnicos de Reservas Ecológicas.
- Cursos de formación y sensibilización en materia de conservación y gestión activa de la biodiversidad.
- Actividades dedicadas a la formación y sensibilización sobre la utilización de cebos envenenados.
- Acciones para la gestión sostenible de los aprovechamientos:
- Elaboración de Planes Integrados de Caza.
- Repoblaciones con conejo y perdiz, e infraestructuras para su producción o adaptación al medio.
- Construcción de majanos.
- Construcción y adecuación de pequeñas charcas y bebederos para la fauna.
- Actuaciones para la mejora higiénico-sanitaria de las especies cinegéticas.
- Implantación de herbáceas para la alimentación de la fauna.
- Cursos de formación y sensibilización en materia de gestión sostenible de los aprovechamientos.
ÓRGANO QUE TRAMITA
Delegaciones Provinciales de la Consejería.